La Audiencia Nacional desestima un recurso contencioso-administrativo de Autopista Central Gallega S.A. (Acega) contra dos resoluciones del Ministerio de Fomento de febrero y mayo de 2016. En estas resoluciones, Fomento declinó un requerimiento de la empresa que explota la AP-53 en el que pedía que en los presupuestos de Fomento se incluyesen las cuentas de compensación de los años 2011 a 2016.

La cuenta de compensación es una figura que recoge la Ley 43/2010, del Servicio Postal Universal, y con la que se puede paliar el problema de tráfico existente en determinadas autopistas de peaje de reciente adjudicación, agravado con la crisis económica. Estas cuentas o indemnizaciones, por llamarlas así, funciona como un anticipo de ingresos de peajes futuros, que permiten al viabilidad e las concesionarios durante un plazo de tres años.

Acega alega que en los periodos mencionados nunca se incluyó en esas cuentas de compensación, aunque sí aparecen otras concesionarias "cuyo vial ni siquiera había sido puesto en servicio, e incluso otras con mejores datos de tráfico que los que registraba la AP-53". La Ley de Presupuestos Generales del estado (Ley 2/2012) permite ampliar el ámbito de la cuenta de compensación en 2012, pero con efectos a partir de 2012. Acega solicitó de manera reiterada esta inclusión, con hasta cinco sentencias desestimatorias por, en algunos casos, no haber consignación presupuestaria o porque "no procede abono alguno", como en el fallo de 2013.

En enero de 2016, Acega reclama una compensación de 4,83 millones de euros, que queda descartada por no haber consignación presupuestaria. Una decisión que refrenda la Audiencia Nacional, recalcando que el derecho a ese cobro depende de si hay o no partida presupuestaria.