La Audiencia Provincial ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la representación de dos vecinos de Rodeiro, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número dos de Lalín, en los autos de juicio de procedimiento ordinario con imposición de costas de la alzada a la parte recurrente. La sentencia apelada había desestimado la demanda de procedimiento ordinario interpuesto por dos lugareños contra otros dos vecinos, en ejercicio de acción negatoria de servidumbre de desagüe respecto a propiedades no colindantes de un lugar de una parroquia de Rodeiro.

Resulta probada la instalación por la demandada de un pequeño cañón de desagüe que comunica un patio interior con la vía pública a través de la fachada, produciendo pequeños vertidos de aguas pluviales, siendo las restantes y las fecales recogidas en fosa séptica del inmueble, discurriendo a veces mínimo caudal por la calle descendente hasta las proximidades de las propiedades demandantes, tal y como figura en la setencia dictada. Consta que, en dos ocasiones puntuales, el vertido fue denunciado por el Concello y la Guardia Civil, dándole la concreta circunstancia de que en la aldea se producen similares vertidos habituales de aguas sobrantes a la vía pública, por la que transita ganado con frecuencia. Partiendo de ello y en el plano jurídico, se entiende que la parte demandad cumple "suficientemente" la obligación de control de desagüe.