El alcalde estradense explicó que, en esencia, la entrada en vigor del régimen especial de tramos urbanos para los suelos de núcleo rural en el Concello de A Estrada supone contemplar las distancias que el PXOM recoge que deben mantener las construcciones situadas junto a viales de la red de carreteras de Galicia, directrices que fueron en su día informadas de forma favorable por el correspondiente departamento autonómico.

En la resolución publicada en el DOG se especifican las distancias que han de contemplar los cierres, en función de sus características. Así, en el caso de los cierres completamente diáfanos, construidos sobre piquetes sin cimentación de obra de fábrica, por circunstancias de aprovechamiento agrícola o ganadero debidamente acreditadas, podrán situarse al borde de la parcela.

Los cierres diáfanos, con cimentación de obra de fábrica que no sobresalagan más de 40 centímetros en ningún punto de la rasante del terreno, no podrán situarse más próximos a la carretera que la mayor de las dos distancias: ocho metros medidos desde el eje de la carretera o la situación de la alineación oficial exterior.

Para el resto de los cierres no diáfanos o de obra de fábrica se establece que no podrán situarse más próximos a una carretera autonómica que la alineación de la edificación.