Los impulsores de al menos dos de los recursos contenciosos-administrativos interpuestos por particulares contra la orden de aprobación del Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM) de A Estrada por parte de la Xunta de Galicia el 3 de junio de 2013 pedirán complemento de sentencia al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) al entender, como su letrado, que entender que los fallos judiciales notificados la pasada semana que, de facto vienen a avalar la tramitación del documento quedan sin respuesta en "varios puntos invalidantes del Plan" .

Así lo confirmó ayer el letrado, que ignora por el momento si la estradense que impulsó el tercer recurso decidirá finalmente solicitarle al TSXG el complemento de sentencia que sí que han decidido ya pedir los impulsores de los otros dos recursos, particulares vinculados en su mayor parte a la Asociación para a Defensa do Rural e do Urbano da Estrada (Aedru). Estos tenían previsto reunirse estos días con el letrado para analizar los fallos y la situación actual, después de que la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSXG le diese la razón a Xunta y Concello que, como parte demandada y codemandada, defendían la pulcritud de un documento urbanístico que A Estrada tardó varias décadas en lograr.

El letrado de los demandantes indicó ayer que, dado que los fallos judiciales le fueron notificados el pasado día 25 y dispone de 5 días hábiles para presentar las correspondientes peticiones de complemento de sentencia, todavía está en plazo. Este expiraría hoy pero, contando con el día de gracia, incluso podría presentar sus peticiones mañana, jueves. El abogado ya trabaja en la redacción de los escritos que remitirá al TSXG. Como ya avanzó FARO el pasado miércoles, al letrado en cuestión le interesa incidir, sobre todo, en la aprobación condicionada porque afirma que se ha quedado sin respuesta "una alegación específica" apoyada en un segundo informe pericial con el que considera que se demuestra que "el texto refundido que se elaboró al final no da cumplimiento a las condiciones que estableció la orden". Recalca que ello "vicia de nulidad" el PXOM. Y entiende que, de acuerdo con el Supremo, en teoría los complementos de sentencia "pueden cambiar el sentido del fallo" aunque no tenga depositadas "demasiadas esperanzas" en que el "tribunal cambie d criterio", como dice que hizo en las tres últimas sentencias respecto de la aprobación condicionada, que "motivó en su día" que el TSXG suspendiese cautelarmente el PXOM.