Una sentencia dictada el 2 de febrero por el Xulgado Contencioso-Administrativo Número 2 de Pontevedra acaba de estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el secretario general de la Federación de Servicios Públicos de la Unión General de Trabajadores (FSP-UGT) de la provincia de Pontevedra, Fernán Couto Araujo, contra el acuerdo de aprobación de la oferta pública de empleo para el año 2016 en el Concello de A Estrada adoptado por la junta de gobierno local el 25 de abril del pasado año. Al declarar que el acuerdo impugnado es contrario a derecho, el fallo lo anula, imponiendo además las costas a la administración local por una cuantía que no excederá los 300 euros.

Contra el fallo judicial aun cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 15 días ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) si bien dicho recurso debería interponerse ante el juzgado de Pontevedra que lo presente, conteniendo las alegaciones en las que se fundamente.

La sentencia estima los argumentos utilizados por UGT para recurrir el acuerdo de la junta de gobierno local que aprobaba la citada oferta pública de empleo para 2016, señalando que incumplía "la necesidad de negociación colectiva previa" con los representantes de los trabajadores y también "la tasa de reposición" legal de vacantes.

Y es que al aplicarla -excluyendo la plaza de Policía Local, a la que se le aplicaría el 100% de tasa de reposición- frente al 50% preceptivo en otras vacantesque se habrían producido en los años 2014 y 2015 e incluso una de auxiliar de Tesorería en 2016- el Concello "se habría excedidido" de dicha tasa, sin que hubiese tampoco acordado en pleno -como exige la legislación de estabilidad presupuestaria vigente- solicitar una reposición que habría podido alcanzar.

Desde la Sección Sindical FSP-UGT del Concello se consideró ayer que este fallo judicial se produce "por la prepotencia" del gobierno local, al que ya advirtió que incumplía la tasa de reposición y que era preceptiva la negociación colectiva. Afirman "estar cansados de que el gobierno cometa este tipo de abusos" y de que, hasta en la mesa de negociación, "no te escuchen". Señalan que el recurso "no tenía ánimo de perjudicar a nadie" aunque como consecuencia del fallo judicial se anularán los puestos de auxiliares administrativos, operarios, policías y personal de conserjería creados con esa oferta de empleo público que ahora "pierde efecto". Explican que "no queremos esto", en alusión a la anulación de la oferta pública de empleo para 2016, sino que "·se lleven las cosas desde un punto de vista legal". Agregan que la única plaza que legalmente se podía cubrir -la de policía local- es precisamente "la única a la que no dieron trámite". Y cubrir las bajas en la Policía Local de A Estrada es hoy muy necesario porque este cuerpo acumula un buen número de bajas por jubilación, movilidad, pase a segunda actividad y bajas laborales. "La plantilla está muy mermada", agregan. Y esto "choca" con que se intenten cubrir vacantes que legalmente no se puede. Le recomiendan al gobierno "que de ahora en adelante sean más dialogantes para evitar este tipo de problemas".