Una sentencia dictada por el Xulgado do Social Número 3 de Pontevedra estima la demanda interpuesta por un exarquitecto del Concello contra su despido, lo declara improcedente y, consecuentemente, condena a la administración local a readmitirlo en las mismas condiciones que tenía antes de producirse el despido -abonándole los salarios de tramitación- o a pagarle 3.451,82 euros en concepto de indemnización, asciendo su salario diario a 67,16 euros.

La junta de gobierno local de A Estrada dio cuenta de esta sentencia en su última sesión, cuando también dio cuenta del escrito del Xulgado Contencioso-Administrativo Número 3 de Pontevedra en el que le comunica una resolución judicial relativa a un contencioso-administrativo -interpuesto por una de las impulsoras del recurso contra la aprobación definitiva del PXOM que motivó la suspensión decretada por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG)- contra una resolución de la Alcaldía relativa a la terminación de un procedimiento urbanístico sancionador.