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Varios edificios de Vilagarcía presentan riesgo de desprendimiento en sus fachadas

A la caída de la loseta en Xeneral Pardiñas se le sumó la suelta de ladrillos en un inmueble de Os Duráns - Algunas construcciones están protegidas para evitar daños

El desprendimiento de una loseta en la calle General Pardiñas de Vilagarcía ha vuelto a poner en tela de juicio el estado y conservación de las fachadas de algunos edificios de la localidad. El gravísimo accidente que tuvo lugar en la tarde del jueves no ha sido el único desprendimiento de cascotes o losetas de fachadas en los últimos años.

Incluso en la misma tarde del pasado jueves también se produjo un episodio similar en el barrio de Os Duráns, concretamente en la calle Curros Enríquez, donde también se despegaron algunos ladrillos de la fachada del edificio. Afortunadamente no hubo que lamentar ningún daño a personas dado que afortunadamente no pasaba ningún peatón en ese instante por las inmediaciones del edificio. La rápida intervención de los bomberos sirvió para retirar todos los ladrillos en mal estado y acordonar la zona a fin de evitar nuevos episodios al respecto. Igualmente se retiraron también más losetas del edificio de Xeneral Pardiñas tras el accidente dado que tampoco.

Incidentes como el que hirió gravemente a Francisco Javier Lores Iglesias, de 54 años, mientras se encontraba en la terraza de una cafetería de Xeneral Pardiñas, puede poner en jaque ahora a toda la comunidad de propietarios puesto que podría ser denunciada y reclamadas indemnizaciones. Así lo establecen tanto el artículo 10 de la Ley de Propiedad Horizontal como el artículo 1907 del Código Civil que disponen que los propietarios de un inmueble son los responsables directos de los daños que puedan originar a un tercero.

La ordenanza municipal reguladora, aún vigente, en cuanto a la conservación de fachadas data de 2008. En ella se tipifica en su artículo 3 que los responsables del cumplimiento del deber de conservación son las personas físicas o jurídicas que ostentan la propiedad de los terrenos, construcciones o edificaciones. También se señala, en su artículo 4, "que la vigilancia y el control del cumplimiento de los deberes de conservación y rehabilitación corresponde al Departamento de Urbanismo, a través de sus servicios técnicos y de las unidades administrativas a las que se atribuyan las competencias en esta ordenanza y en la legislación aplicable en cada momento".

Cuestión aparte supone la Inspección Técnica de Edificios (ITE) que es un sistema de control de los edificios de viviendas de carácter obligatorio, con el que se confirma que el propietario cumple con su deber de rehabilitación y conservación. Además, sirve para comprobar el nivel de seguridad del inmueble y sus habitantes. A partir de una inspección visual llevada a cabo por técnicos especializados como arquitectos, ingenieros de edificación o aparejadores, se redacta un informe técnico que determina el estado de los elementos comunes del edificio y las deficiencias reveladas que podrían ocasionar situaciones de riesgo para la seguridad. Esta ITE es obligatoria a partir de los 45 años de antigüedad del inmueble o edificio y renovable cada diez años.

Es en base a este riesgo porque la solución constructiva de las losetas en las fachadas está tendiendo a la colocación de unos tornillos de seguridad para evitar que solo dependa la seguridad del cemento sobre el que se adhiere a la fachada.

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