Desde el Comité de Derechos y Garantías el PPdeG se ha abierto expediente al alcalde de Meaño, Carlos Viéitez, a la par que se ha trasladado a Madrid la petición de suspensión de militancia. Esa decisión que, según se explican desde la formación, compete al órgano del PP nacional. El expediente que se le incoaba a petición del PP provincial, llegaba hace unas horas a manos del regidor meañés -ayer jueves o, a lo sumo, el miércoles-, procediendo ahora a estudiar el documento y presentar las alegaciones que estime. La normativa del PP establece que el expedientado dispone de 10 días para remitir los argumentos para su defensa. Teniendo en cuenta que agosto es considerado mes inhábil, sobre el papel, esos diez días, computan a partir de haber recibido el documento por correo certificado, llevarán su grueso a septiembre.

En el aire queda si el PP nacional lleva a septiembre su fallo sobre la suspensión de militancia o bien lo emite en cuestión de días. Y es que la política, como en tantos casos, sigue un curso diferente al de la administración, acelerando o dilatando, según se estime, sus decisiones.

Preguntado ayer sobre el particular, el alcalde de Meaño, Carlos Viéitez, fiel a su proceder en todo este proceso, evitaba hacer declaraciones, saldando esa "suspensión de militancia" con un escueto "no voy a entrar, no voy a hacer declaraciones públicas".

Algunas fuentes del Partido Popular consultadas ayer daban por consabida ya la suspensión de militancia, aunque fuera de forma cautelar, desde que el instructor del PPdeG en Santiago ponía en marcha el expediente. No obstante, otras fuentes consultadas de la formación precisaban que la expresión "suspensión de militancia" o "suspensión cautelar" no figuraba en el documento remitido al regidor. Estas últimas fuentes apuntaban que "lo que se ha trasladado a Carlos Viéitez es un pliego de descargo al uso, relacionado con el citado expediente, disponiendo ahora el afectado de un plazo de 10 días para presentar alegaciones que deberá remitir al Comité de Derechos y Garantías del PPdeG en Santiago"

Un expediente el de Carlos Viéitez, ahora sí ya en marcha, y que fuera promovido a mediados de julio por el PP provincial al trasladar su demanda a Santiago. El mismo se le abre en base a una falta tipificada como "muy grave", y que podría acarrear ya de por sí, según fuentes, esa suspensión cautelar que, en la práctica, está a expensas de lo que dictamine el PP nacional.

En motivo de este expediente se relaciona en cómo actuó Carlos Viéitez y el PP meañés en el pleno del pasado 10 de julio, una sesión en la que, contra pronóstico, renunció a presentar candidato para el pleno de Mancomunidade do Salnés, tal y como le requería el partido, brindando en cambio el apoyo al candidato socialista Manuel Radío, para su nombramiento como edil de la Mancomunidade. Esta "traición", como la llegó a calificar el presidente popular del órgano mancomunado, Gonzalo Durán, parecía anunciar el entregar la presidencia al PSOE comarcal, en una votación que se presume ajustada.

La contrapartida, en el acuerdo tácito entre PP y PSOE en Meaño, era la abstención socialista para permitir la aprobación de salario del alcalde, cifrado en 38.000 euros (brutos). A la par el PSOE meañés permitiera en junio, en el pleno investidura, que la candidatura de Carlos Viéitez saliera adelante para hacerse con la alcaldía, cerrando las puertas a acuerdo alguno para tal fin con Meaño Independiente. Ese "acuerdo programático" con el PSOE lo anunciaba en aquella sesión Carlos Viéitez, si después en las redes sociales, quiso corregirse, apuntando "trabajar en un acuerdo con PSOE e MI". No obstante, Aspérez Montes le criticaba en el último pleno la nula relación por esa vía en ausencia de llamada alguna del regidor a su formación.

Aquella "traición" de la que hablaba Durán llevó a que el Partido Popular provincial solicitara la apertura de expediente a Carlos Viéitez, en base a que, según refería en su misiva, el regidor "pudo incurrir en una infracción (si bien no tipificaba la misma), entre otras, del articulo 4.1 en su apartado d) del Reglamento de Régimen Disciplinario y Garantías". En el referido artículo se precisa como infracción "la manifiesta deslealtad al Partido, o a sus órganos de gobierno y representación, entendida ésta como toda acción y omisión voluntaria que puede perjudicar el interés del Partido".

El reglamento de Partido Popular tipifica la infracción del referido artículo 4.1., como "falta muy grave". Y las sanciones contra ella, según dicho documento, puede conllevar la expulsión del partido o suspensión de afiliación "por un período de tiempo entre 4 y 6 años" (sería ente 1 y 4 años si una infracción tipificada como grave) e inhabilitación para desempeñar cargo en el seno del PP o en representación de la formación "por igual período de tiempo".