Luchar contra el fraude en el etiquetado, regular los procesos electorales o la captación de nuevos socios es uno de los grandes objetivos del reglamento del Consello Regulador do Mexillón que ayer publicó la Consellería do Mar en el Diario Oficial de Galicia tras superar el período de alegaciones. Este documento no ha sido sencillo de elaborar, sobre todo porque contó con un predecesor que acabó siendo impugnado ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que, en el año 2008, lo tumbó, dándole un duro golpe al Consello y a la Denominación de Orixe con sede en Vilagarcía.

Con este nuevo reglamento se ha querido evitar esta situación, adaptándolo al marco normativo actual y a las prescripciones recogidas en el pliego de condiciones que se empleó para la inscripción de esta Denominación en el registro europeo.

La nueva normativa, a la que ha dado luz verde Mar tras ser presentada por el Consello, supone adecuarla tanto a la regulación actual referida a las Denominaciones de Origen como a otras normativas que entraron en vigor en los últimos ejercicios y que no se tenían en cuenta en el texto del año 2000, al que hubo que retrotraerse tras la sentencia de 2008.

En este reglamento quedan claros aspectos como el nombre y, sobre todo, el fundamento de protección del producto. No en vano, el Consello Regulador do Mexillón lleva años denunciando el fraude en los etiquetados, consiguiendo el reconocimiento de sentencias judiciales contra aquellas marcas que utilizan el nombre de Galicia en sus latas pero cuyo producto interior es importado, fundamentalmente de Chile. También se centra en el ámbito de protección, la necesaria diferenciación de las marcas o el logotipo de la denominación geográfica.

Los responsables del Consello, con su presidente a la cabeza, Francisco Alcalde, han centrado muchos de sus esfuerzos en acabar con lo que consideran un "engaño" al consumidor con los etiquetados utilizados por algunas marcas que recurrían a una leyenda ambigua para inducir al consumidor. Esas prácticas llevaron al Consello Regulador a la interposición de procesos judiciales contra varias marcas, consiguiendo que los tribunales les acabasen dando la razón en la lucha contra lo que consideran un "fraude al consumidor" en el etiquetado de mejillón

Al mismo tiempo, el nuevo reglamento establece los criterios a seguir por el Consello Regulador a la hora de elaborar los registros de inscritos en la Denominación, como tramitar las solicitudes de inscripción y también las altas y bajas.

Esta última circunstancia es muy importante, ya que el ente ha ido sumando en los últimos años una gran cantidad de agrupaciones de productores, y sobre todo, industrias transformadoras que han visto en la Denominación de Orixe la posibilidad de introducirse en mercados más exclusivos.

La orden publicada ayer en el DOG también regula otras materias como los derechos y obligaciones de los inscritos en la Denominación de Orixe, así como en el proceso de control y certificaciones con sus correspondientes órganos de seguimiento. Además, recoge cuales son las funciones del Consello Regulador y de sus órganos rectores, así como su régimen económico, administrativo y contable.

Una de las cuestiones que también había que clarificar era la fórmula electoral a utilizar. De hecho, el presidente del Consello Regulador, Francisco Alcalde, estaba pendiente de que se aprobase el reglamento para convocar elecciones y renovar el pleno.

En el documento que se publicó ayer se establece el régimen electoral y se fija la duración del mandato de los miembros del pleno en cuatro años, aunque con la posibilidad de que sean reelegidos.

En cuanto a la celebración de elecciones, la orden establece que su convocatoria debe ser publicada en una resolución en el DOG, la cual fijará tanto el calendario al que debe ajustarse el proceso electoral como las reglas de aplicación.

Aunque la convocatoria electoral será posterior, el reglamento ya establece algunos criterios a tener en cuenta en su celebración, como son la elaboración de los censos, la presentación y proclamación de las candidaturas, el desarrollo de la campaña electoral o la designación de los miembros de las mesas electorales.