Faro de Vigo

Faro de Vigo

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

La sentencia de las trabajadoras de ayuda en el hogar incendia el pleno de Meaño

Los independientes reclaman su contratación indefinida inmediata, pero el gobierno local responde que la ley obliga a convocar un proceso público de concurso-oposición

La corporación municipal de Meaño, reunida durante la noche del lunes. // Iñaki Abella

El pleno del Concello de Meaño votó una moción presentada por Meaño Independente por vía de urgencia, en la que solicitaba al gobierno local acatar la sentencia del juzgado, emitida el pasado 23 de enero, en la que se insta al Ayuntamiento a declarar como indefinidas a ocho trabajadoras temporales del servicio "Axuda no fogar".

Se trata de empleadas que habían encadenado contratos de trabajo durante más de tres años, y en su moción, Meaño Independiente pedía también que el Concello anule la convocatoria de las ocho plazas de trabajo mediante concurso oposición para este 2019, de modo que las cubra directamente con el personal existente.

El Concello contrata cada año el personal de ayuda en el hogar, junto con otros servicios, convocando los puestos laborales por procesos de concurso-oposición con carácter anual. El vencimiento del período de contratación le obligaba sistemáticamente a convocar un nuevo proceso para seleccionar los trabajadores cada vez que expiraba el anterior. Ocurría tanto en este servicio, como en otros campos, tales como los departamentos de limpieza o de la Escola de Música, hasta el punto que en este centro existen profesores que acumulan más una década encadenando procesos selectivos para mantener su trabajo.

Sin embargo, desde 2012 los ayuntamientos, por ley, no podían decidir por su cuenta la reconversión de los trabajadores temporales discontinuos en indefinidos.

Dado que esa era una decisión que únicamente competía al juez, los sindicatos, e incluso la propia alcaldesa Lourdes Ucha, animaron a los trabajadores a llevar la demanda a los juzgados para que el juez fallara en favor de los operarios que lo demandaban. Y así fue, ya que el contencioso interpuesto por ocho trabajadoras les dio ahora la razón.

Dos leyes que chocan

En el pleno, asesorados por la secretaria, se puso en evidencia el choque entre la legislación laboral y la administrativa, en cómo proceder con las ocho plazas de la discordia. La laboral, obliga a convertir a esos trabajadores temporales en indefinidos. Sin embargo, la administrativa establece que las plazas indefinidas y fijas deben resolverse por un principio de igualdad sin exclusiones, por lo que únicamente se puede fallar una plaza con el reglado proceso de concurso-oposición.

Es por ello que Lourdes Ucha explicó que la postura del grupo de gobierno, "no puede ser otra que cumplir la ley que obliga a las administraciones a fallar una plaza por concurso-oposición, de lo contrario infringimos la norma, y esa es nuestra responsabilidad".

"A lo que sí nos obliga la sentencia -agrega- es a convocar esas plazas como definitivas. El Concello no lo va a recurrir porque estamos de acuerdo, pero por ley no podemos convertir al trabajador temporal en indefinido sin pasar por el concurso-oposición".

José Manuel Aspérez pidió que se primara en el concurso los méritos de aquellas trabajadoras que habían venido realizando ese trabajo en el Concello desde hace años, si bien la secretaria advirtió que, "en el concurso de méritos puede primarse, pero dentro de la legalidad, porque las condiciones no pueden ser excluyentes, y si lo rozan, cualquier demandante te puede tumbar judicialmente las bases del concurso-oposición".

Si en el concurso-oposición convocado una o varias de las trabajadoras no se hacen con la plaza, sí les cabe la posibilidad de denunciar "despido improcedente", lo que les daría derecho a percibir una indemnización por ello.

Aspérez Montes planteaba la duda de si el despido "podría declararse nulo, lo que obligaría al Concello a reponer al trabajador en su puesto", una posibilidad que la secretaria entiende improbable.

Dada la complejidad de si debía primar la legislación laboral sobre la administrativa -o a la inversa- y ante la polémica planteada, el pleno decidió al final inhibirse, no votar la moción, consultar la resolución a adoptar aún más al detalle y emitir una posición formal en un próximo pleno.

Compartir el artículo

stats