El accidente origen de la demanda se produjo el 10 de noviembre de 2014 cuando la mariscadora se trasladaba en un vehículo propiedad de la Cofradía de Pescadores A Pastoriza de Vilanova, junto a la patrona mayor María José Vales Martínez, que lo conducía. Ambas realizaban labores de traslado del marisco, así como de supervisión y control del mismo, correspondiendo estas labores de control cada día a una de las mariscadoras de la Cofradía. Como consecuencia del accidente, la demandante causó baja laboral por incapacidad temporal con el diagnóstico de cervicalgía.

Aportó parte de accidente de trabajo en el ISM, y esta entidad se lo devolvió, alegando que el Decreto 1867/1970 por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 116/1969 que regula el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, establece que "se entenderá accidente de trabajo de los trabajadores autónomos o por cuenta propia el ocurrido como consecuencia directa o inmediata del trabajo que realizan por su propia cuenta y que determina su inclusión en este Régimen Especial, no con templando del desplazamiento 'in itínere'".