La defensa de Laureano Oubiña ha presentado ante el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria el recurso contra el auto en el que se le deniega el tercer grado y, por tanto, la posibilidad de salir de prisión a pesar de que en febrero cumpliría las dos terceras partes de la condena de 4 años y 7 meses por un delito de blanqueo de capitales.

La resolución en la que se niega la libertad condicional anticipada se fundamenta en cuatro argumentos al tener muy en cuenta la trayectoria delictiva de Laureano Oubiña, la reincidencia, la alarma social y el tiempo de condena que todavía le resta.

Pero también se pone de manifiesto en la resolución cinco argumentos con los que contaría a favor de su petición de libertad condicional, a saber. la antigüedad de los hechos (se remontan al período 1999-2001), su ingreso voluntario en prisión, la correcta asunción de la normativa institucional, el apoyo familiar y el correcto comportamiento durante los períodos de permiso disfrutados en este tiempo.

A su vez, Oubiña ha puesto de manifiesto que a sus 70 años y debido a que a su edad ya no tiene oportunidad de contar con una oferta laboral está dispuesto a desarrollar labores sociales para lo que cuenta con una propuesta de una Casa de Acogida con la que pretende colaborar una vez que salga de prisión.

La resolución de la Audiencia Nacional se produce con ocasión de la revisión que con carácter semestral se realiza sobre el cumplimiento de las penas por parte de todos los reclusos, tras la valoración realizada por Instituciones Penitenciarias.

Precisamente este organismo es el que ha insistido en el peso de la "reincidencia" delictiva por parte de Laureano Oubiña, un aspecto que tratarán de desmontar en la apelación sus letrados.

Cabe recordar que en varios procedimientos anteriores se puso de manifiesto como atenuante para su condena por un delito de tráfico de drogas una cierta dilación indebida, es decir la tardanza en la celebración de la vista oral.

Y a la vez, el recluso pone de manifiesto el hecho de que la última condena de 4 años y 7 meses que cumple en la actualidad no solo es la última que tiene pendiente con la Justicia sino que se le impuso por unos hechos que cometió hace más de quince años.

Cabe recordar que Laureano Oubiña Piñeiro ingresó en prisión el 6 de febrero de 2014 por lo que a finales de febrero próximo ya habría cumplido los dos tercios de esta última pena de prisión lo que le daría derecho a solicitar el régimen de libertad.

Con todo el último auto se refiere al proceso sobre "revisión de grado" que de oficio realiza cada seis meses Instituciones Penitenciarias y que comunica al Juez Central de Vigilancia ante quien se presentó ya el recurso de reforma correspondiente y emitió este último auto en el que se deniega el permiso.

Al llevar casi tres años en la cárcel en el entorno de Oubiña entienden que se debería hacer una nueva valoración sobre la pena en atención a su edad ya que el cumplimiento íntegro todavía le obliga a estar en prisión hasta el año 2018.

Laureano Oubiña cumplió sus anteriores tres condenas de forma total en julio de 2012.