La inclusión por primera vez del canon de vertido de aguas residuales en el recibo del agua o saneamiento -según el caso-, que ha empezado a llegar estos días, está levantando en Meaño numerosas quejas vecinales, no ya por el impuesto al que obliga la Xunta a los concellos, sino por el modo de proceder por parte el gobierno local. Y es que algunos vecinos lamentan la situación de indefensión ante posibles reclamaciones sobre el cálculo, lo que les deja abocados en la práctica y en caso de error, a apelar directamente al juzgado.

El canon del vertido de residuales lo incluye Meaño en el recibo del agua en el caso de viviendas que se abastecen de la mancomunidad. Pero en aquellas otras que se surten de pozos propios o traídas vecinales el canon se incluye en el recibo de saneamiento, el cual pasa de 20 al entorno de los 70 euros. Lo cierto es que, tanto en un caso como en otro, supone un aumento considerable del precio que está llegando a los domicilios, incremento que ronda el 90 y el 240 por ciento, si bien ello está motivado por esa nueva tasa que Meaño cobra por primera vez en 2016.

"Se trata de una tasa a la que obliga la Xunta -aclara la alcaldesa Lourdes Ucha, preguntada sobre el particular-, que los concellos debíamos aplicar ya desde 2012, pero que nosotros no lo hicimos". "Lo que extraña en otro concello -añade- es que precisamente nosotros no la estuviéramos aplicando, pero en este 2016 tuvimos que hacerlo, tal y como ya llevan años aplicando los demás".

No obstante, lo que cuestionan los vecinos no es tanto el canon, sino el modo de proceder del gobierno local. Expertos consultados lo corroboran al entender que el proceso seguido "perjudica al administrado por cuanto no ha sido informado de la nueva tasa al cobro, y lo que está recibiendo en su domicilio es ya directamente la liquidación de un nuevo impuesto".

Dicho canon fue aprobado en Xunta de Goberno Local con fecha 3 de octubre y publicado en el BOP el día 19, anuncio que tenía carácter de notificación colectiva, y que establece como período de pago voluntario desde el 20 de octubre al 23 de diciembre. De no satisfacer el impuesto se dará vía al procedimiento ejecutivo para proceder a su cobro con el consiguiente recargo. El citado anuncio establece que el canon "podrá ser objeto de reclamación administrativa ante la Xunta en el plazo de un mes", plazo que expira el próximo 21 de noviembre.

"No es el modo de proceder con el administrado -explica el experto-. Al tratarse de un impuesto nuevo, el gobierno local debe hacerlo público con anterioridad", explica.