Entre los requisitos a cumplir por los tripulantes de las embarcaciones que quieran acogerse a las ayudas por interrupción del libre marisqueo en Arousa está el figurar enrolado a bordo e incluido en un "procedimiento de suspensión de las relaciones laborales, excepto en el caso de las personas trabajadoras por cuenta propia que tengan la consideración de familiares colaboradores de la persona armadora".

Asimismo, deben estar de alta en la Seguridad Social y mantener ininterrumpida la relación laboral con la empresa armadora de la embarcación en la que se encuentren enroladas en el momento de la paralización temporal de actividad.

En Mar aclaran que "también podrán percibir ayudas las personas tripulantes que, manteniendo ininterrumpida su relación laboral con la empresa, no figuren enroladas en el momento de la paralización temporal como consecuencia de una incapacidad laboral, permisos retribuidos, vacaciones, excedencia y/o expectativa de embarque, maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural; siempre y cuando cumplan los demás requisitos establecidos y quede acreditado lo cese en esa situación a lo largo del período de tiempo de duración de la paralización temporal". Otro aspecto a acreditar es un período de cotización en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores del mar durante al menos doce meses a lo largo de su vida laboral.