Hay que recordar que, según la orden de la Consellería do Mar que regula el subsidio por cese de actividad en el libre marisqueo, el importe máximo de la ayuda concedida a los armadores será el resultante de aplicar la fórmula 5,16 x GT (arqueo bruto) + 36 y por cada día hábil de parada, garantizándose un mínimo de 100 euros diarios. Explica Mar que "para estos efectos el número de arqueo bruto (GT) será el que figura en la hoja de asiento de la embarcación o en su defecto, en el certificado de arqueo definido en tonelaje de arqueo bruto", entendiéndose como días hábiles de paralización "los efectivamente hábiles para el ejercicio de la actividad pesquera según la normativa vigente". En lo referido a la cuantía de la ayuda para los tripulantes de las embarcaciones "se calculará multiplicando 45 euros por cada día hábil de parada".