Vivenda fija los requisitos para que los propietarios participen en el suelo residencial de Pontevedra
El Diario Oficial de Galicia publica las normas que regulan el desarrollo del plan de San Mauro

Una protesta de vecinos que cuestionan el proyecto / Rafa Vázquez
N. D.
La Xunta regula la participación de los propietarios del suelo en el desarrollo del Proyecto de Interés Autonómico (PIA) de San Mauro, en Pontevedra. El Instituto Galego de Vivenda e Solo (IGVS) publica este jueves en el Diario Oficial de Galicia la resolución por la que se regula dicha participación.
Se explica que ese proyecto «se promueve para la planificación y proyección de actuaciones de creación de suelo destinado mayoritariamente a la construcción de viviendas protegidas en Pontevedra, en el Sector B-5 Sector este-carretera de San Mauro.
Es intención de la administración autonómica «posibilitar la participación de los propietarios del suelo en el desarrollo del ámbito, tal y como fue indicado en las diferentes reuniones mantenidas en los últimos meses con representantes de los propietarios».
En el desarrollo de la urbanización podrán participar las personas propietarias de parcelas en el ámbito del PIA, siempre que fueran adquiridas antes de 20 de agosto de 2025, fecha en la que se publicó en el DOG la delimitación del ámbito.
Además las parcelas deberán tener la superficie mínima establecida que permita la adjudicación de una parcela urbanizada. Con el fin de alcanzar esa superficie mínima se permitirá la agrupación de varias parcelas, aunque pertenezcan a diferentes propietarios.
En caso de que la propuesta de participación sea realizada por varias personas, deberán comprometerse a constituir una sociedad civil o mercantil, una cooperativa o una unión temporal de empresas (UTE) antes de la firma del convenio de participación. El objeto de la sociedad debe tener como objeto la participación en el desarrollo del PIA.
Finalmente, para poder participar en el desarrollo de la urbanización las parcelas deberán estar libres de cargas, gravámenes o derechos económicos que puedan suponer un obstáculo para el desarrollo del PIA y no tendrán ninguna construcción que reúna las condiciones para ser considerada vivienda.
Las personas que participen en el proceso recibirán parcelas urbanizadas destinadas a la construcción de vivienda libre.
Deberes de los participantes
La participación en el desarrollo del suelo deber a los interesados a sufragar las cargas de ordenación y urbanización del suelo, en los términos que se establecerán en el convenio de participación que firmarán con el Instituto Galego de Vivenda e Solo y que deberán firmar en el plazo de dos meses desde la notificación del IGVS en la que se comunica la aceptación de la participación en el proceso.
Las personas o entidades participantes podrán vender las parcelas de resultado que les sean entregadas, quedando los nuevos propietarios subrogados en los deberes establecidos en el convenio firmado entre los propietarios originales del suelo y el IGVS.
La participación en el desarrollo del suelo será regulada por convenios de participación que firmarán el IGVS y los propietarios de las parcelas y en el que se establecerán los derechos y deber de los participantes.
Previamente, los interesados deberán presentar ante el IGVS su propuesta de participación entre el 1 de septiembre y el 30 de noviembre de 2026, ambos incluidos, con los datos de las personas propietarias, la relación de las parcelas que acercan al proceso y la de la parcela o parcelas urbanizadas a las que optan. Además deberán constituir una fianza provisional de 1,5 euros por cada metro cuadrado de superficie de las parcelas que acerque. Esta garantía será devuelta después de la firma del convenio de participación.
El IGVS resolverá la aceptación de las propuestas de participación que cumplan las condiciones establecidas en esta resolución y rechazará aquellas que las incumplan.
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