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Un tribunal de Pontevedra exonera a un particular de una deuda de más de 6 millones

La resolución es firme y no puede ser recurrida

Sede judicial de Pontevedra

Sede judicial de Pontevedra / Gustavo Santos

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R. P.

Pontevedra

El magistrado de la plaza 1 de la sección de lo mercantil del Tribunal de Instancia de Pontevedra ha exonerado a un particular de pagar una deuda económica que ascendía a un total de 6.319.742 euros.

En el auto facilitado este jueves por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, el juez explica que solicitó la concesión del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho tras la declaración de un concurso sin masa.

Es el que se declara ante la ausencia de activos o cuando la realización de esos activos resultaría antieconómica.

El magistrado, después de que los acreedores no instasen el nombramiento de administrador concursal y se probase la insuficiencia de masa activa para abrir el proceso de liquidación, acordó la conclusión del concurso sin masa.

Tras analizar la solicitud del deudor, concluye que este cumple los requisitos previstos en la ley concursal para obtener la exoneración de la deuda insatisfecha al no concurrir causas de exclusión o prohibición y no haberse opuesto los acreedores.

La resolución identifica expresamente los créditos que quedan exonerados, incluyendo varios créditos bancarios y comerciales, y determina el alcance concreto de la exoneración frente a la Tesorería General de la Seguridad Social.

Así, aplicando los límites jurisprudenciales que permiten exonerar 5.000 euros íntegros y el 50 % hasta 10.000 euros sobre los restantes, se exoneran hasta 8.378,17 euros de las obligaciones frente a esa entidad.

El magistrado advierte de que los acreedores no exonerados conservan sus acciones y que los acreedores afectados deben comunicar la exoneración a los sistemas de información crediticia.

La resolución es firme y no puede ser recurrida.

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