Adiós definitivo a la temporada: la RFEF tumba el último recurso del Pontevedra CF
El play off por el ascenso a Segunda División comienza este viernes sin los granates, que barajan ahora acudir a la justicia ordinaria

Los jugadores saludan a la afición al finalizar el último partido, ante el Avilés, en Pasarón / Rafa Vázquez
El Pontevedra CF pone fin oficial a la temporada 2025-2026. El play off por el ascenso a Segunda División comienza este viernes sin los granates. El Comité Nacional de Segunda Instancia de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) ha desestimado íntegramente el recurso interpuesto por la entidad para revertir la decisión ya adoptada hace casi una semana, que los granates son quintos en la clasificación y, por tanto, quedaban fuera de esas eliminatorias
Esta resolución agota la vía federativa, quedando abierta "la vía jurisdiccional civil competente" y el club presidido por Lupe Murillo valorará en los próximos días si avanzar "con las acciones judiciales" en contra de esta decisión federativa que, a su juicio, ha impedido al primer equipo disputar el playoff de ascenso a LaLiga Hypermotion.
El conflicto, sin precedentes en el futbol español, viene motivado por la existencia de dos criterios de desempate. Uno figura en las bases de la Competición y otro en el reglamento de la RFEF, que tiene rango superior y es que el supuestamente beneficia al filial del Real Madrid.
El primero de ellos tiene en cuenta la diferencia de goles entre los tres equipos empatados a 58 puntos (también el Barakaldo), mientras que el que sitúa por delante al Castilla solo valora los enfrentamientos directos entre el equipo granate y el blanco.
En juego está un billete para el playoff de ascenso a LaLiga Hypermotion. Los tres clubes implicados -Real Madrid, Pontevedra y Castilla- finalizaron la Liga empatados a puntos. La RFEF ha marcado el partido de idea de la semifinal del playoff de ascenso a Segunda División entre el Real Madrid Castilla y el Sabadell para este viernes a las 21.00 horas.
La resolución definitiva, al menos en la vía federativa, repite argumentos de respuestas anteriores y recuerda que "la interpretación sostenida por el recurrente podría conducir, llevada a sus últimas consecuencias, a resultados totalmente incompatibles con la propia lógica jerárquica del sistema de desempate, pues, si el club cuya posición ya hubiera quedado definida tras la aplicación del primer criterio continuase siendo computado en el segundo criterio relativo a la diferencia de goles, podría producirse la paradoja de que un equipo con menor puntuación en la clasificación particular terminase resultando favorecido por haber obtenido una diferencia de goles especialmente amplia en uno de los encuentros directos. Ello supondría otorgar al criterio de diferencia de goles un peso superior al de la puntuación obtenida en los enfrentamientos directos, lo que contravendría el carácter excluyente del sistema de desempate expresamente previsto normativamente".
Añade que el Pontevedra CF "invoca el principio de confianza legítima y la doctrina de los actos propios, argumentando que tanto la RFEF como los clubes implicados habían asumido durante el desarrollo de la competición (en particular durante la jornada 37 y en publicaciones realizadas en redes sociales al término de la jornada 38) una interpretación favorable al club gallego, que fue posteriormente modificada".
Pero esta "alegación no puede prosperar. La doctrina de los actos propios exige la existencia de actos inequívocos, conscientes y aptos para generar una confianza legítima jurídicamente protegible, emanados del órgano que ostenta competencia para adoptar la decisión controvertida. Las publicaciones realizadas en perfiles de redes sociales ya sean de la competición o de los propios clubes participantes, carecen de naturaleza decisoria o resolutoria y no vinculan en modo alguno el ejercicio de las competencias atribuidas reglamentariamente a los órganos competicionales de la RFEF. La ordenación provisional de los puestos clasificatorios en la página web de la competición durante el transcurso de la fase regular tiene igualmente una finalidad meramente informativa y no constituye acto decisorio del órgano competicional".
La RFEF deja claro que ya está agotada la vía federativa, "quedando expedita la vía jurisdiccional civil competente", que es la que ahora medita el club, si bien se trataría de un recorrido largo, sin garantías de éxito y que no cambiaría la situación actual.
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