Judicial
Acepta dos años por agredir sexualmente a una menor
La Audiencia suspende la entrada en prisión al condenado, sin antecedentes, con varias condiciones

Juicio por agresión sexual este jueves en la Audiencia Provincial. / Gustavo Santos
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra condenó este jueves a dos años de prisión a un acusado que reconoció ser autor de un delito continuado de agresión sexual a una menor de 16 años. La vista quedó resuelta mediante un acuerdo de conformidad entre las partes, que anunciaron que no recurrirán, por lo que la sentencia fue declarada firme.
Además de la pena de cárcel, el tribunal impuso al condenado siete años de alejamiento y prohibición de comunicación con la víctima, con una distancia mínima de 200 metros. También deberá indemnizarla con 5.000 euros en concepto de responsabilidad civil. La sentencia incluye una inhabilitación especial de diez años para cualquier trabajo o actividad que implique contacto con menores, así como cinco años de libertad vigilada, que comenzarán una vez cumplida la pena de prisión. También se le requirió el cumplimiento de la pena accesoria de inhabilitación para sufragio pasivo durante dos años.
La condena incorpora la atenuante de reparación del daño. Al carecer de antecedentes penales y no superar la pena los dos años de cárcel, la Audiencia acordó suspender la ejecución de la condena, aunque condicionada al cumplimiento de varias obligaciones durante tres años. Entre esas condiciones figuran no cometer nuevos delitos, no aproximarse ni comunicarse con la víctima por ningún medio, no acudir a su localidad de residencia y someterse a un programa de educación sexual. El tribunal advirtió de que el incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones podría suponer la revocación de la suspensión y el ingreso en prisión.

Vista preliminar celebrada este jueves en la Audiencia Provincial. / Gustavo Santos
Ocho acusados aceptan penas de hasta tres años y medio por drogas
La audiencia preliminar prevista para este jueves en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra quedó resuelta mediante una sentencia de conformidad después de que los ocho acusados aceptasen las penas pactadas entre la Fiscalía y sus defensas. La vista, señalada inicialmente para las 10.00 horas, comenzó finalmente pasadas las 13.00 horas y las partes plantearon la posibilidad de alcanzar un acuerdo que evitase la continuación del procedimiento.
El Ministerio Fiscal modificó su escrito de acusación para introducir varias circunstancias atenuantes vinculadas al consumo habitual de drogas de parte de los procesados. Según lo expuesto en sala, los seis primeros acusados fueron considerados consumidores habituales, lo que permitió aplicar atenuantes de adicción en la calificación final. También se incorporaron referencias a reincidencia y drogadicción en relación con algunos de los encausados.
Tras la modificación de las conclusiones, todos los acusados se mostraron conformes con las penas solicitadas. R. B. aceptó tres años y seis meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el mismo tiempo y una multa de 182.000 euros, con dos meses de privación de libertad en caso de impago. P. B. asumió una condena de tres años de cárcel y multa de 188.000 euros.
Para M. S. la pena quedó fijada en un año y seis meses de prisión y multa de 26.200 euros, con un mes de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago. D. D. aceptó un año y medio de cárcel y 6.500 euros de multa, mientras que J. C. P. asumió la misma pena de prisión, multa de 6.500 euros y veinte días de privación de libertad en caso de impago.
A. P. fue condenado a un año y seis meses de prisión y multa de 15.100 euros, con un mes de responsabilidad personal subsidiaria. A. S. y J. A. aceptaron, cada uno, un año y medio de cárcel y multas de 4.600 euros, con quince días de privación de libertad en caso de impago.
Una vez expresada la conformidad de los acusados, las defensas manifestaron que no consideraban necesaria la continuación del juicio. El tribunal dictó el fallo en la propia sala y las partes anunciaron que no tenían intención de recurrir, por lo que la sentencia quedó declarada firme.
La vista abordó también la posible suspensión de las penas de prisión. Para la mayoría de los condenados, el acuerdo fue favorable a una suspensión ordinaria condicionada a no delinquir durante dos años, plazo que en el caso de D. D. se eleva a cuatro. En cuanto a R. B. y P. B., sus defensas solicitarán la suspensión de la condena y aportarán documentación para acreditar que acuden desde hace tres años a un centro homologado, además del correspondiente reconocimiento médico forense.
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