El Supremo avala la prohibición de mascotas en los juzgados de A Parda
REDACCIÓN
Los juzgados de A Parda no son lugar para mascotas y animales de compañía. Así lo ha certificado el Tribunal Supremo tras confirmar una prohibición al respecto dictada en octubre de 2023 por el Decanato de los Juzgados de Pontevedra y que tuvo un largo recorrido por los recursos de un vecino que quiso acceder con su perro y no se le permitió. Se esgrimó, entre otras cosas, que el edificio judicial carece «de instalaciones para atender necesidades de animales».
El afectado replicó que si existen «espacios suficientemente amplios en los edificios judiciales de Pontevedra para el acceso de animales, concretamente de su perro de compañía, así como el carácter pacífico de dicho animal». Pero el Supremo desestima su último recurso al señalar que la prohibición «no se fundamentó ni en la falta de espacio ni en la peligrosidad del animal sino en la afectación que con carácter general puede tener la presencia de animales en el desarrollo de la actividad que es propia de los juzgados y la carencia de un espacio adecuado para dichos animales, razones por las que esas concretas pruebas se declararon innecesarias y no justificadas, sin que los argumentos del recurso de revisión las hayan desvirtuado».
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