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La ciudad cuenta con 261 terrazas, veinte menos que hace una década

Suponen una previsión de ingresos para el Concello de Pontevedra de más de 171.000 euros para este 2025

El total de veladores (mesas, barriles o similares) es de 1.586

Terraza en la Praza da Verdura, una de las más frecuentadas de la ciudad de Pontevedra.

Terraza en la Praza da Verdura, una de las más frecuentadas de la ciudad de Pontevedra. / GUSTAVO SANTOS

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Pontevedra

Las terrazas de la hostelería, ese lugar en el que el que más el que menos acaba por recalar, se mantienen casi estables desde el año pasado en la ciudad de Pontevedra, pero han experimentado una importante reducción en la última década.

Según los datos oficiales facilitados por el Concello de Pontevedra, en la actualidad hay en el municipio un total de 261 terrazas, que suponen 1.586 veladores. Hay que recordar que se entiende por «velador» toda mesa con cuatro o menos sillas instalados en terreno de uso público con finalidad lucrativa para el servicio de establecimientos de hostelería. Pueden ser incluso barriles o similares.

La mayoría se encuentran en la zona monumental, con algunas plazas que destacan por ello, como la de A Verdura, A Leña o la de Méndez Núñez

El año pasado eran 257 terrazas, con lo cual apenas hay diferencia. Pero echando la vista atrás las cifras son muy distintas: en 2015 había 280. No fue, sin embargo, el máximo de terrazas que se alcanzó en la Boa Vila, que tuvo lugar en el año 2022, con 326. En ese momento se contabilizaban 2.025 veladores. También destacan las 299 terrazas de 2018 y 2019.

Respecto a la recaudación que este tipo de actividad en exterior de la hostelería supone para las arcas municipales, para este año 2025 está previsto que sea de 171.226,21 euros. Como es evidente, el máximo en este sentido se alcanzó en el citado 2022, con 218.774,51 euros.

Hay que recordar que la ordenanza de terrazas local sigue siendo la aprobada en 2018. Uno de los objetivos de la norma era ordenar este tipo de instalaciones de la hostelería, para evitar que se apropiasen del espacio público, una de las principales quejas de vecinos y otro tipo de negocios. Establece tres tipos de multas: leves (de 300 a 750 euros), graves (hasta 1.500 euros) y muy graves (hasta los 3.000 euros).

De este modo, desde su entrada en vigor se ha notado un cambio a mejor en la disposición física de las terrazas, pero también en su apariencia, ya que una de las principales novedades de aquella norma era que eliminaba, por ejemplo, los plásticos que cerraban por completo estos espacios, en algún caso incluso con anclajes al suelo.

En cuanto al horario en el que pueden estar abiertas, también se fijó en esta ordenanza. Como norma general, las terrazas se pueden instalar de 9.00 a 1.30 horas, pero podrá ampliarse en media hora al inicio o al cierre en fiestas u otras celebraciones, previa autorización municipal.

También atendió a la accesibilidad, de modo que se debe dejar siempre un espacio mínimo para el paso de peatones de entre 1,50 y 1,80 metros en las aceras, según el ancho de cada caso, y nunca deberían ocupar más de un 50% del espacio peatonal en las plazas.

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