La Audiencia de Pontevedra absuelve, 25 años después, a los acusados de contrabando del «caso Nené Barral»
«La ausencia de prueba de cargo en esta operación de contrabando de tabaco determina la libre absolución de todos los acusados» al anularse las escuchas radiofónicas realizadas durante la investigación

Siete de los ocho acusados supervivientes, hace unos días en la Audiencia / Gustavo Santos
N. D.
La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha absuelto de los delitos de contrabando de labores de tabaco, asociación ilícita, cohecho activo y pasivo y revelación de secretos por funcionario público, objeto de acusación, a ocho encausados. Se trata del hasta ahora proceso judicial pendiente de resolución más antiguo de España, que quedó visto para sentencia hace unos días, 25 años después de su inicio.
Es el macro proceso conocido como «caso Nené Barral», exalcalde popular de Ribadumia, fallecido en noviembre de 2023 y supuesto cabecilla de una trama de contrabando de tabaco. Además de Nené Barral, que dio nombre al caso, otros tres acusados también fallecieron desde que se abrió esta investigación hace un cuarto de siglo.
Según ha informado el TSXG, el tribunal considera probado que el 14 de mayo de 2001 arribó en el puerto de Vigo un buque cargado con contenedores, hallándose en su interior tabaco de la marca Magnun Especial, de procedencia extracomunitaria, camuflado entre madera contrachapada. La Sala relata que, inspeccionados otros tres contenedores, resultó que en los mismos había idéntico tipo de mercancía. En total, se decomisaron 431.948 cajetillas de tabaco, con un valor de 127.424.660 de las antiguas pesetas. El tribunal subraya que no consta la participación de los ocho encausados «ni en ese hecho ni en ningún otro de los que conforman los escritos de acusación».
En particular, destaca que no consta que dos de los acusados, funcionarios del Servicio de Vigilancia Aduanera con destino en A Coruña y que prestaban sus servicios como observadores aéreos de la costa oeste gallega para vigilar la entrada de mercancías ilícitas, «hubiesen transmitido información que obtenían en el ejercicio de su función a otro encausado, jefe de la Base Marítima de Vigilancia Aduanera en A Coruña, fallecido en 2019, y del que no tenían dependencia jerárquica ni funcional, con fines ilícitos».
De igual modo, según la sentencia, «tampoco consta» que otro de los sospechosos, de profesión guardia civil, «hubiese transmitido información obtenida en el ejercicio propio de su función« a otros dos acusados con fines ilícitos. Además, las magistradas aclaran que se ha declarado extinguida la responsabilidad penal de cuatro de los sospechosos por haber fallecido a lo largo del procedimiento.
«La ausencia de prueba de cargo en esta operación de contrabando de tabaco determina la libre absolución de todos los acusados a quienes las acusaciones atribuían la misma», indica el tribunal en la sentencia, contra la que cabe presentar recurso ante el TSXG. La anulación de la escuchas radiofónicas realizadas durante la investigación es clave para esta absolución.
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