Los jueces mantienen abierta una investigación por contratar a unos sicarios para asesinar a su pareja

La Audiencia de Pontevedra revoca el archivo de la causa que decretó en 2021 un juzgado de Caldas al considerarlo «prematuro»

Sede de la Audiencia de Pontevedra

Sede de la Audiencia de Pontevedra / Gustavo Santos

Hace justo cuatro años, en vísperas de Nochebuena de 2020, la Guardia Civil de Pontevedra detenía a un vecino de Pontevedra que, presuntamente, habría contratado mediante la ‘deep web’ a varios sicarios para matar a su expareja. El detenido, puesto a disposición judicial en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Caldas, habría pagado 15.000 euros en bitcoins para que los asesinos a sueldo acabasen con la vida de su exmujer simulando un accidente.

El asunto fue sobreseido y archivado por el juzgado caldense en 2021, al entender que era una simple estafa, pero la supuesta ha porfiado para mantener abierta la investigación y la Audiencia de Pontevedra le acaba de dar la razón.

Las investigaciones se iniciaron en noviembre de 2020 cuando un medio de comunicación del Reino Unido, que realizaba un reportaje de investigación en España sobre estafas en la ‘deep web’, alertó sobre las intenciones del ahora detenido.

Se pudo comprobar como haciendo uso de un nick anónimo, el hombre adelantó 15.000 euros en bitcoins a un grupo de presuntos sicarios. Además del pago, les habría facilitado los datos personales de una mujer, domicilio, lugar de trabajo, matrícula del coche, rutinas diarias así como una fotografía. El presunto objetivo era que acabasen con su vida simulando un accidente. Lo que no sabía este hombres es que este grupo de presuntos sicarios, llevan a cabo principalmente estafas, ya que en ningún momento pensaban concluir con el encargo realizado, sino solamente cobrar por él.

En un auto de abril pasado pero conocido ahora, los jueces desestiman parcialmente el recurso de la afectada contra el auto de archivo en Caldas «revocándolo en el sentido de acordar la continuación del procedimiento a los efectos de practicar la diligencia indicada, así como las demás que se pudiesen considerar necesarias a la vista de su resultado, sin perjuicio de la decisión que finalmente se adopte sobre la eventual continuación del procedimiento».

Se trata de «conocer de forma completa las circunstancias relativas a la investigación periodística que, según las manifestaciones efectuadas en la denuncia inicial, permitió tomar conocimiento de los hechos denunciados y de los datos en los que luego se apoyaron las sucesivas diligencias practicadas, en particular el informe técnico de la unidad competente de la Guardia Civil sobre las transacciones supuestamente realizadas en pago de los servicios contratados. La relevancia de dicha información para el esclarecimiento de la naturaleza y circunstancias de los hechos se extiende a la cuestión del carácter de tentativa inidónea que a aquellos atribuyen la instructora y el Ministerio Fiscal, puesto que no constan en las actuaciones los datos objetivos en que se basaría la afirmación efectuada en el auto recurrido en el sentido de que las personas con las que el autor habría contactado serían en realidad unos estafadores que en ningún caso llevarían a cabo las actuaciones para las que eran contratados».

Añade que «no se considera que la declaración de la periodista (del medio británico) aparentemente mera intermediaria entre el equipo de investigación periodística que tuvo conocimiento de los hechos y la unidad policial, sea la diligencia idónea para obtener la información anteriormente referida».

Suscríbete para seguir leyendo

Tracking Pixel Contents