Un 10% más de viviendas turísticas en solo un año en la ciudad: 359 que ofrecen 1.772 plazas

Se acentúa el bum de estos alojamientos en la ciudad por lo que el Concello elaborará una ordenanza específica | En toda la comarca hay más de 2.600, más de la mitad en Sanxenxo

Un grupo de turistas en una terraza de Pontevedra.

Un grupo de turistas en una terraza de Pontevedra. / Gustavo Santos

Pontevedra

El bum de las viviendas turísticas no cesa en la ciudad, hasta el punto de que su proliferación arroja incertidumbre y escasa oferta en el alquiler convencional. Aunque en Pontevedra este tipo de alojamientos está limitado a los bajos, primeras plantas o edificios completos, se ha acordado elaborar una ordenanza específica para su regulación. Y es que en apenas un año el censo de estos pisos ha crecido un 20%. El último balance oficial del Instituto Nacional de Estadística detalla que en el municipio de Pontevedra hay ahora 359 viviendas turísticas, 25 más que hace un año, lo que supone un aumento de más del 7%, y el número de plazas ha pasado de 1.586 a 1.772, es decir, 186, más, casi un 12% de incremento.

En toda la comarca son 2.659 los pisos de este tipo, que suman casi 14.500 plazas, si bien es Sanxenxo el municipio que se lleva la palma, con más de la mitad: 1.431 viviendas y 7.531 plazas, según los datos del INE referidos a agosto de este año. En Poio hay 369 pisos y 1.890 plazas y en Marín se llega a 156 pisos para 901 personas. Hace solo tres años había en la comarca apenas 740 inmuebles, por lo que desde entonces este censo ha crecido casi un 40%.

Ante este panorama, el Concello de Pontevedra aprobó hace unos días en pleno una moción del grupo socialista en relación a la regulación de las viviendas de uso turístico (VUT). El portavoz socialista Iván Puentes destacó que el acceso a la vivienda es “desde hace tiempo uno de los grandes problemas de los vecinos de Pontevedra”. El texto aprobado implica la elaboración de una ordenanza municipal de VUT que regule y limite dentro de las posibilidades que ofrecen el actual PXOM y Peprica. También se insta a la realización, en colaboración con la Xunta de Galicia, una labor de detección de las viviendas teóricamente residenciales que, “de modo irregular” se están comercializando como viviendas de uso turístico, ya que no están inscritas en el Rexistro de Empresas e Actividades Turísticas de Galicia.

En este sentido, se pide también la creación de un grupo de trabajo para la regulación y ordenación de las viviendas de uso turístico que esté integrado por representantes de todos los grupos políticos con representación municipal, de las entidades vecinales y del sector turístico de Pontevedra.

El gobierno local asegura que ya se han dado “pequeños pasos” para regular esta actividad ya que solo se pueden habilitar viviendas de uso turístico en plantas baja, primera planta o en un edificio completo.

Por su parte, la asociación Aviturga, con sede en Sanxenxo y que agrupa a muchos de los propietarios de estos inmuebles en Galicia, quiere tener voz en las medidas del Gobierno central para regular el alquiler vacacional en España. El colectivo recuerda que “Galicia tiene registradas 22.800 viviendas de uso turístico, siendo muy reseñable la altísima atomización de la propiedad, ya que el 87% de los propietarios comercializan un único inmueble, mayoritariamente de forma personal y directa”. Asegura Aviturga que “representa los intereses de más de 20.000 propietarios de alojamientos de uso turístico, ubicados en el 96% de los municipios gallegos sean estos ciudades o localidades rurales que ven en la promoción turística un aliciente para revertir su debilidad demográfica y recuperar dinamismo económico.”

A juicio de la entidad que preside Dulcinea Aguín, “la futura normativa que regule el alquiler vacacional debe contemplar, preservar y promocionar la figura originaria de la que surgió el concepto de vivienda de uso turístico y que regularon recientemente todas las comunidades autónomas: una tipología alojativa turística en vivienda que no es establecimiento turístico, ubicada en suelo residencial, que no presta ningún tipo de servicio complementario, compatible con el uso residencial de sus propietarios, comercializable por temporadas y fácilmente reversible en vivienda habitual”.

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