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La Audiencia ordena tramitar como violencia de género el caso del supuesto acoso a una joven en Sanxenxo

La decisión abre la puerta a que se pueda reactivar la orden de protección de la mujer, de 20 años, sobre el denunciado

Audiencia de Pontevedra. RAFA VAZQUEZ

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha notificado esta misma mañana un auto en el que resuelve la cuestión de competencia planteada entre dos juzgados de Cambados para dirimir si el supuesto caso de acoso a una joven de 20 años de Sanxenxo se tramita o no como violencia de género. La decisión del tribunal provincial es que, a tenor de las declaraciones de la víctima señalando que mantuvo una relación de noviazgo con el denunciado y "sin entrar ahora en otro tipo de consideraciones" dado que se carece de datos indiciarios que permitan efectuar una valoración diferente"; consideran que el caso debe ser investigado por el juzgado de instrucción número 3 de Cambados con competencia en violencia sobre la mujer. La Audiencia toma esta decisión "sin perjuicio de lo que pueda resultar a lo largo de la investigación".

La decisión se toma en base a la decaración de la víctima asegurando que hubo una relación de "noviazgo" y sin perjuicio de lo que pueda arrojar la investigación posterior

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El caso llegó a la Audiencia después de que se incoasen dos causas distintas y conectadas entre sí por el supuesto acoso que sufre esta joven tras la denuncia formulada contra el mismo individuo y por hechos "próximos en el tiempo" en sendos juzgados de Cambados, el número 2 y el número 3. El conflicto de competencia surgió cuando el investigado formuló un recurso contra la decisión del juzgado número 2 en el que se inhibía en favor del 3 de Cambados, especializado en violencia sobre la mujer. Tanto la abogada de la joven como el Ministerio Fiscal solicitaron a la Audiencia, y así lo entendió la Sección Cuarta, "en aras a no dilatar los procedimientos y a no ocasionar indefensiones" que se debería dar respuesta a si el caso concreto responde a un supuesto de violencia de género. De esta forma, la víctima podría acceder a las medidas de protección que se establecen en la ley para estos procedimientos.

Y la Sección Cuarta concluye que, por el momento, y ante la declaración de la propia víctima que alude a la relación mantenida con el investigado como de "noviazgo", el caso debe ser tramitado por el juzgado número 3 especializado en violencia sobre la mujer, aunque esta situación pudiera cambiar en función de lo que resulte de la posterior investigación.

La Audiencia Provincial se limitó a resolver el conflicto competencial, calificando el caso, de momento, como un posible asunto de violencia de género. Ahora corresponderá a las partes solicitar las medidas cautelras ante el juzgado competente en violencia sobre la mujer que estimen oportunas, como es la reactivación de la orden de protección de la joven que había sido retirada por decisión del juzgado de instrucción número 2, al no ser especializado en esta materia. Una reactivación de la orden de protección que es algo que demanda de manera desesperada tanto la abogada de la joven como su propio padre ante las continuas amenazas que, aseguran, seguía recibiendo la víctima.

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