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El TSXG avala al gobierno local en el cese de la exgerente del Pazo da Cultura

El alto tribunal gallego determina que no fue un despido porque se trataba de un cargo de alta dirección

Pazo de Cultura de Pontevedra. | // RAFA VÁZQUEZ

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado “en su totalidad” el recurso del Concello de Pontevedra contra la sentencia del juzgado de lo Social 3 de Pontevedra, que previamente determinó que el cese de la exgerente del Pazo de Cultura fue un “despido improcedente”. Así lo entiende la concejala de Personal de Pontevedra, Carmen Fouces, tras recibir una comunicación de los servicios jurídicos del Concello, en la que le informaron del fallo del alto tribunal gallego, favorable a los intereses del Ayuntamiento. Estos servicios municipales están elaborando un informe jurídico sobre dicha sentencia, que será presentado el próximo lunes.

En todo caso, fuentes municipales ya han avanzado que la sentencia es favorable a las pretensiones del Concello, en cuanto a que la extinción de la relación laboral entre el Concello y la gerente del Pazo da Cultura fue un cese de un puesto de alta dirección y no un despido, y que la indemnización salarial fue la correcta.

La concejala de Personal y Cultura, Carme Fouces, subraya que no se trató de un despido en un régimen laboral, sino el cese de un cargo de dirección en un organismo público disuelto por el propio Concello.

Tras la sentencia del juzgado de lo Social 3 de Pontevedra, que declaraba la improcedencia del “despido” y establecía una indemnización de unos 150.000 euros, la concejala de Personal anunció un recurso al TSXG, que ahora avala la actuación municipal.

“Incoherencias”

Al anunciar las alegaciones, el pasado febrero, la propia Carme Fouces señalaba que la sentencia del tribunal pontevedrés tenía “incoherencias”, sobre las que se basaría el recurso municipal ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

"Un alto cargo es susceptible de ser cesado, que no despedido, en cualquier momento"

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La concejala explicó además que dicho cese fue comunicado “en tiempo y forma” a la afectada, que en su demanda contra el Concello reivindicó formar parte del personal laboral del Pazo da Cultura. Fouces subrayó que la exgerente reclamaba una indemnización acorde con su cargo de alta dirección, lo que suponía una incoherencia si pretendía que la relación contractual se extinguió dentro del régimen laboral común.

Un alto cargo es susceptible de ser “cesado”, que no “despedido”, en cualquier momento, indicó la concejala de Personal. “Incluso sin motivación, aunque aquí si hubo motivación, como fue la disolución del organismo autónomo de la que era directora gerente”, añadió Fouces.

Todas las organizaciones sindicales con representación en el Concello, CIG, CSIF, UGT, CC OO, AFUMPO y SPPME, solicitaron al gobierno local que no interpusiese recurso además de “la urgente readmisión y reincorporación de la trabajadora”.

Veinte años en el cargo de alta dirección

En septiembre de 2020 la concejala de Personal y Cultura, Carme Fouces, anunció la disolución del organismo autónomo Pazo da Cultura, que gestionaba las instalaciones culturales de la ciudad desde 1998. La gerente de este organismo, con veinte años en el cargo, fue cesada, mientras que el resto de los trabajadores del organismo fueron incorporados a la plantilla municipal en diferentes servicios. Desde el 31 de diciembre pasado, el Pazo da Cultura, el Recinto Ferial, la Sala de Exposiciones del Pazo y el Teatro Principal pasaron a ser servicios del Concello. Fouces explicó entonces que este tipo de estructuras “tuvieron cierto interés en su tiempo pero actualmente ya no son operativas y provocan una duplicidad de servicios que consumen importantes recursos y aun así están mal atendidos porque es imposible tener todo lo que precisan”. La gerente denunció un despido improcedente y reclamó la correspondiente indemnización, que inicialmente un juzgado de lo social le reconoció. Además de los sindicatos con representación en el Concello, también la oposición del Partido Popular reclamó la readmisión de la exgerente.

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