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La Audiencia Nacional anula la prórroga de la pastera en Lourizán y La sentencia y las reacciones

Ence pierde la concesión de Costas al “no justificar la vinculación” de su fábrica con el dominio público

Los tribunales declaran ilegal la moratoria concedida en 2016 por el Gobierno de Rajoy | El fallo sostiene que la empresa “no ha acreditado” que la planta de Lourizán tenga que ocupar esos terrenos, como exige la normativa

Vista de la fábrica de Ence en los terrenos de Lourizán. Rafa Vázquez

La prórroga que el Gobierno en funciones de Mariano Rajoy concedió a la fábrica de Ence para permanecer en los terrenos de Lourizán hasta el año 2073 no fue legal. Así lo ha dictaminado la Audiencia Nacional que, en la resolución judicial que hizo pública en la jornada ayer, anula ahora la concesión que le fue otorgada a la empresa en 2016.

Finalmente, la sala del contencioso-administrativo del alto tribunal estatal ha estimado los recursos que Greenpeace y el Concello de Pontevedra presentaron contra las resoluciones de la Administración central por las que se acordó la prórroga.

En concreto, la moratoria autorizaba la ocupación de una superficie total de 373.524 metros cuadrados de dominio público marítimo-terrestre para que Ence pudiera continuar con su actividad en el entorno de la ría de Pontevedra por un período de 60 años más, a cambio de una fuerte inversión en la modernización del complejo. Ahora, todo esto queda en el aire.

En la sentencia, con fecha de 15 de julio, la sala es contundente a la hora de considerar que la resolución del 20 de enero de 2016 de la directora general de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, por delegación de la ministra, no justifica, como exige la Ley de Costas, que la pastera, por su naturaleza, no pueda tener esta ubicación en dominio público, única alternativa que hasta la fecha venían defendiendo la dirección de la empresa y la Xunta. Es decir, no se acredita la “vinculación” de esta actividad con el suelo marítimo-terrestre.

La clave del fallo judicial está en el pronunciamiento de la Audiencia donde reconoce que, de acuerdo con la valoración de la prueba pericial practicada, “el agua dulce, en un determinado volumen, es un recurso necesario e imprescindible para el proceso productivo de las plantas de pasta de papel Kraft con blanqueo, como la de Ence Pontevedra”, así como la proximidad a recursos hídricos (agua salada o dulce) para la evacuación del vertido, “pero no que dichas plantas por su naturaleza o configuración, tengan que ubicarse en el dominio público marítimo terrestre, que es lo que exige el artículo 32.1 de la Ley de Costas”.

Otros casos similares

Antes de pronunciarse sobre el fondo de la causa, la Audiencia da validez al allanamiento de la Abogacía del Estado formalizado en el año 2019. En cuanto al fondo del asunto, el tribunal explica que en virtud del artículo 32.1 de la Ley de Costas se debe justificar que las instalaciones cuya prórroga se acuerda por su naturaleza no pueden tener otra ubicación.

En el auto, el alto tribunal del Estado, añade, que la fábrica de pasta de papel sí podría situarse en las proximidades, pero “fuera de dicho demanio costero, en las proximidades de los ríos o de grandes masas de agua”.

En este sentido, la Audiencia Nacional pasa a continuación a mencionar diferentes ejemplos de otras fábricas de celulosa BHK situadas en el Estado español, tales como las Torraspapel S.A en Zaragoza y Papelera Guipuzcoana de Zicuñaga S.A., que se sitúan junto a ríos en los que evacuan el efluente, además de hacer referencia a la propia fábrica de Ence en Navia, que según ambos peritos es equiparable con la de Pontevedra, que se sitúa próxima, pero fuera del demanio costero, tal y como fue acreditado en este procedimiento judicial.

Para el tribunal resulta significativo que Ence “no ha podido aportar documentación o concesión que acredite su ubicación sobre el dominio costero, sino solamente la resolución de 21 de marzo de 2013 de otorgamiento de concesión para ocupación del demanio en la margen derecha de la ría de Navia, con destino a vivero de plantas (excluyendo la plantación de Eucaliptos Nitens), no para ocupación de las instalaciones de la fábrica”.

La sentencia recuerda que la actuación administrativa sobre el dominio público marítimo-terrestre debe perseguir, ex artículo 2 de la Ley de Costas, “entre otros fines el de asegurar su integridad y debida conservación, adoptando, en su caso, las medidas de protección y restauración necesarias, así como las de garantizar el uso público del mar, de su ribera y del resto del dominio público, sin más excepciones que las derivadas de razones de interés público debidamente justificadas, que en el caso de autos, la Orden impugnada ni ha esgrimido ni justificado”.

Por otra parte, la sentencia recoge un informe emitido por la Xunta de Galicia, con fecha del 10 de noviembre de 2015, en el cual se expone que Ence cuenta con una instalación industrial de producción de pasta de celulosa blanqueada de eucalipto ubicada en la Marisma de Lourizán, desarrollándose la actividad productiva en la instalación desde 1963 “generando desde entonces emisiones de gases a la atmósfera, vertidos de aguas residuales depuradas a la ría de Pontevedra, así como la generación de un volumen significativo de residuos industriales”.

Pese al fallo emitido por la Audiencia Nacional, el futuro de Ence todavía está por determinar, puesto que la sentencia es susceptible de recurso de casación ante el Tribunal Supremo. De hecho, la dirección de la empresa ya anunció en la jornada de ayer que agotará todas las vías judiciales y recurrirá la resolución. Dispone de un plazo de 30 días para ello.

Lores pide a la empresa y a la Xunta que se “pongan a trabajar” en el traslado de la fábrica

Opinión de Lores

Tras el conocimiento de la resolución judicial la reacción del alcalde de Pontevedra, Miguel Anxo Fernández Lores, no se hizo esperar y calificó la anulación de la prórroga de Ence como “un fracaso estrepitoso do Partido Popular, especialmente do presidente da Xunta, Alberto Núñez Feijóo; do expresidente Mariano Rajoy, e tamén do Partido Popular local, que intentaron mediante un cambalache ilegal coa empresa poñer en perigo a continuidade da actividade e dos postos de traballo por non buscar a solución, a única solución lóxica e legal que sería o traslado a outra ubicación como única garantía de manter a actividade e os postos de traballo”, aseguró.

El regidor pontevedrés también destacó que tanto el Partido Popular como la empresa pretendieron “enganar á sociedade pontevedresa e aos traballadores de Ence mediante un fraude de lei”. Asimismo, Miguel Anxo Fernández Lores hizo un llamamiento a la dirección de Ence, así como al presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, para que “deixen de enganar aos traballadores e á sociedade de Pontevedra e se poñan a traballar na única solución posible que é o traslado da factoría fóra da ría de Pontevedra”, concluyó.

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