El juzgado de lo Contencioso número 3 de Pontevedra revocó una multa impuesta por la Dirección Xeral de Patrimonio de la Xunta al Concello por las obras de asfaltado que el ayuntamiento había realizado junto al muro del convento de Santa Clara en 2017, cuando se llevó a cabo una de las reformas de la plaza de Barcelos.

El juzgado da la razón en las alegaciones que presentaba el Concello al considerar que, si bien el muro del covento hacia Barcelos pudiera tener cierto valor patrimonial, no hay ningún nivel de protección sobre los terrenos que están justo al lado y que fue sobre los que actuó el Concello de Pontevedra.

Así, el juzgado deja sin efecto la sanción de 2.500 euros impuesta en su día por Patrimonio al Concello, aunque la Xunta tiene previsto recurrir este fallo, según tiene constancia el gobierno local.

No fue este el único asunto relacionado con los tribunales que abordó ayer la Xunta de Goberno local de Pontevedra. El Concello también deberá comparecer como demandado ante una reclamación formulada por la comunidad de montes de Santo André de Xeve por un camino ubicado en el entorno del campo de tiro de Cernadiñas Novas.

Cabe reseñar que los terrenos del campo de tiro fueron transferidos por el Concello al Estado en los años setenta del siglo pasado pero los tribunales se los devolvieron a los comuneros. Ahora, la comunidad de montes también alegan que este camino es comunal y pese a ello fue asfaltado por el Concello.

El Concello, que asfaltó el camino basándose en informes municipales que señalaban que era de titularidad pública, reconoce que la documentación aportada por los comuneros en este proceso les hace dudar de ello. Afirma que acuden al juzgado con dos objetivos, en primer lugar dilucidar a ciencia cierta de quién es el citado camino (que asfaltaron a petición vecinal) y en segundo, si es de la comunidad de montes, negociar para buscar la mejor solución para todos.