Una pontevedresa logra revocar su condena, basada en un testimonio falso, 8 años después

Una sentencia firme la obligaba a entrar en prisión por un delito de lesiones, pero grabó a la víctima confesando que había mentido en el juicio, y ahora el Supremo la absuelve

Fachada del Tribunal Supremo en Madrid

Fachada del Tribunal Supremo en Madrid / Jesús Hellín

Rara vez los tribunales revocan una condena ya firme. Pero una pontevedresa ha logrado que el Supremo la absuelva de una condena de dos años de prisión y un día de prisión tras demostrarse que uno de los testigos que declaró en su juicio mintió, alguien quien, por cierto, también tendrá un duro castigo por ello.

Se trata de una mujer que a la que en una sentencia de 2012 el juzgado de lo Penal 1 de Pontevedra la condenaba a una pena de dos años y un día de prisión como autora de un delito de lesiones con instrumento peligroso. Se consideraba probado que esta mujer había pegado reiteradamente a un varón con un palo en la cabeza durante una discusión en un bar. Una condena que se sustentaba casi en exclusiva en el testimonio que la propia víctima prestó ante el tribunal y en la que la señalaba a ella como autora de la agresión.

Meses después, ese mismo año, la Sección Segunda de la Audiencia de Pontevedra ratificó la condena a esta mujer. Dos años y un día de prisión, un fallo que la abocaba a un ingreso en prisión.

Una grabación reveladora

La propia mujer logró que las tornas cambiasen al grabar posteriormente una conversación en la que el testigo y, a la vez, víctima, le reconocía que efectivamente ella no había sido quien le había golpeado en la cabeza con un palo, sino que había sido su padre. Esto motivó la apertura de un nuevo procedimiento judicial en contra de este testigo por falso testimonio, de tal forma que pasó de ser víctima a acusado. Un proceso en el que tuvo gran relevancia aceptar la grabación como prueba válida para demostrar que había mentido en el juicio anterior. Finalmente, tanto el juzgado de lo Penal de Pontevedra como la Audiencia Provincial dieron por buena esta prueba y condenaron a esta persona por un delito de falso testimonio.

Reconocieron, además, que la mujer había vivido “con temor e intranquilidad” estos años ante su “inminente ingreso en prisión” para cumplir la condena, algo que finalmente no se llevó a cabo. Así, el falso testimonio prestado por este testigo sí le valió a él una condena de tres años y seis meses de prisión, una multa de 15 meses a seis euros el día (2.700 euros) y al pago de una indemnización a esta mujer de 4.000 como responsabilidad civil por los daños morales causados.

Fue el propio Ministerio Fiscal el que, tras esta segunda sentencia firme por falso testimonio, promovió ante el Tribuna Supremo un recurso extraordinario de revisión de la sentencia inicial que condenaba a esta mujer. Y esta sentencia del Supremo se dictó el pasado 11 de noviembre, en la que, por fin, seis años después se revoca la sentencia condenatoria a esta mujer en la que se le imponían dos años y un día de prisión y se le absuelve de todos los cargos. “Queda acreditada con el testimonio de las cuatro sentencias reseñadas y de los testimonios de los particulares acompañados” que esta mujer fue condenada en virtud de un falso testimonio y que., “por lo tanto, es inocente de los hechos por los que fue condenada”.

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