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Las normas edificatorias

Pons Sorolla firmó unas normas simples, claras y directas, para supervisar los proyectos y autorizar las construcciones.

El número de plantas para cualquier edificación se fijaba en bajo y tres, en tanto que la altura total se regía por el ancho de la calle o por la ubicación de la zona y la singularidad del proyecto. Para carpinterías exteriores, prefería los colores verdes, blancos o maderas naturales, pero no admitía el aluminio ni los colores vivos (añil, rojo y amarillo) para rejas y balaustradas de balcones.

La normal general prohibía el escaparate apaisado y la ventana de ángulo, salvo "cuando el carácter del edificio así lo aconsejen". Los recercados en huecos debían efectuarse en granito, mientras que en ventanas y balcones "no deben emplearse vidrios de luna entera, sino de cristales múltiples".

Para los tejados, exigía la teja árabe curva y descartaba la cubierta en terraza; solo en algún caso especial permitía una cubierta de pizarra. En cuanto a las medianeras, se inclinaba por cales blanqueadas o teñidas en ocres y grises. Caso de efectuarse revocos, prefería la cal ligeramente rugosa en ocre, gris o rosa, pero nunca fuertes ni brillantes.

El arquitecto conservador se reservaba la última palabra para autorizar o no el desencalado de una fachada de cualquier edificio. Y la normativa era implacable para rótulos, anuncios y toldos en todo el conjunto histórico artístico: ni luminosos exteriores, ni tampoco en cristal, espejo, o mármol. Solo permitía rótulos tallados en sillería de granito; en letras doradas sobre vidrio transparente de escaparates, o en madera con letras pintadas o en relieve; rótulos de hierro forjado y placas de profesionales en bronce o latón grabados.

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