"Innumerables consultas" referidas al cumplimiento de las custodias de menores y su encuadre en la actual situación del estado de alarma. Esto es lo que dicen haber recibido en las últimas semanas principalmente por vía telefónica los dos juzgados de Pontevedra implicados en asuntos de familia en Pontevedra: El de primera instancia número 5 y el Penal 4, especializado en violencia sobre la mujer.

Es por ello, que la junta de jueces de familia de Pontevedra, integrada por las dos titulares de ambas salas, han acordado una serie de medidas y pautas para los padres en esta situación. Las magistradas señalan que, como "criterio general", se mantendrá el régimen de custodia y visitas acordado en cada procedimiento judicial, con la única salvedad del cierre del punto de encuentro.

Las dos magistradas entienden que los intercambios de menores pueden tener amparo en los supuestos excepcionados en el Real Decreto 463/2020 que es el que decreta el estado de alarma. Es decir, que consideran que los padres podrán romper el confinamiento para realizar "los traslados imprescindibles" de los menores, "previa adopción de las medidas de prevención recomendadas". Para justificar el movimiento por la vía pública ante las autoridades, las juezas pontevedresas señalan que bastará con mostrar a las Fuerzas de Seguridad la resolución judicial correspondiente en la que se regulan estos regímenes de custodias y guardias.

Ambos juzgados de Familia también establecen una serie de pautas de actuación, unos criterios que ponen a disposición de los padres para "facilitar el entendimiento entre las partes" pero que "en modo alguno son ejecutables ni pueden prevalecer sobre los acuerdos de los progenitores". Es decir, que en esta situación tan excepcional y compleja, los acuerdos entre los padres prevalecerán si son en bien del menor, por ejemplo, si entre ellos deciden suspender las guardias con alguno de ellos por trabajar en una profesión de elevado riesgo de contagio o cualquier otra situación.

En cualquier caso, estas pautas de actuación indican, por ejemplo, salvo que haya otras circunstancias concretas que lo desaconsejen, que los intercambios en custodias compartidas se deberían mantener, aunque sin la visita intersemanal, de estar establecida.

Con carácter general también se procede a mantener las visitas de fin de semana en el caso de la custodia individual, insistiendo de nuevo en que parece que lo más prudente es suspender la visita intersemanal, especialmente si son sin pernocta. Sobre las entregas y recogidas, los dos juzgados insisten en que deben realizarse "con la necesaria salvaguarda de la salud de las partes, especialmente de los menores".

En el caso de que no se lleven a cabo las visitas, la junta de jueces determina que deberá promoverse y facilitarse la comunicación frecuente de los menores con el progenitor con el que no convivan con medios tecnológicos. Las magistradas también ven "adecuado" que, una vez finalizado el estado de alarma, "se compense en la medida de lo posible los periodos de visitas no disfrutados. También ven "conveniente" suspender las visitas fijadas con los abuelos por ser un colectivo de riesgo.

La junta de juezas también instó a los padres a que "no utilicen la crisis del coronavirus como excusa para el incumplimiento de las resoluciones" y los anima a adoptar con el otro progenitor "los acuerdos necesarios en interés de estos y de toda la población".

Punto de Encuentro, cerrado

Por último, abordan también la situación creada ante el cierre del Punto de Encuentro Familiar de Pontevedra por esta crisis sanitaria. Señalan que en el caso de que haya una orden de protección vigente que prohíba el acercamiento entre los progenitores, estos deberán designar de común acuerdo a una tercera persona encargada de realizar el intercambio del menor. En el caso de que no haya acuerdo sobre la designación de esa tercera persona, se suspenderá la visita, sin perjuicio de su posterior compensación una vez cese el estado de alarma.