Condenado a 30 días de multa por desobedecer la orden de cierre de un bar

El local está ubicado en el puerto deportivo

REDACCIÓN | SANXENXO

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Cambados condenó a 30 días de multa al titular de un establecimiento situado en el puerto deportivo Juan Carlos 1 por desobediencia, después de que desoyese una orden de suspensión de la actividad del local.

El responsable del pub hizo caso omiso de la orden municipal, notificada el pasado día 9, de suspensión preventiva de su actividad "debido al incumplimiento de la Ordenanza Municipal de Protección del Medio Ambiente y contra la Contaminación Acústica", indican los portavoces municipales.

El juez consideró los hechos declarados probados y constitutivos de una falta de desobediencia penada en el artículo 634 del Código Penal, que recoge que "los que faltaren al respeto y consideración debida a la autoridad o sus agentes, o los desobedecieren levemente, cuando ejerzan sus funciones, serán castigados con la pena de multa de diez a sesenta días".

El Concello de Sanxenxo decretó la suspensión preventiva de la actividad de ese establecimiento, añaden las mismas fuentes, "debido a la falta de recepción de los datos emitidos por los aparatos de control del sonido. Por este motivo, el local debía permanecer cerrado hasta la presentación en la Casa Consistorial de la documentación acreditada del correcto funcionamiento del sonógrafo-registrador, certificación emitida por el técnico de mantenimiento del dispositivo".

A pesar de esta orden y de los requerimientos realizados por agentes de la Policía Local, añaden las mismas fuentes, "el responsable del pub mantuvo abierto el negocio, como así lo reconoció ante el juez".

Tras poner los hechos en conocimiento del juzgado, el denunciado fue citado a un juicio rápido. Paralelamente, el Concello tramita también un expediente administrativo por incumplimiento de la orden.

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