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El Estado debe revertir 1.970 metros de la finca Batacos a uno de los expropiados hace 54 años

Negocia para cumplir una sentencia de 2003 que ordena devolver parte de la antigua fábrica de tabacos de Salcedo - El terreno fue vendido hace una década a una empresa

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N. D. - PONTEVEDRA

Los herederos de una vecina de Salcedo que en 1958 fue expropiada para ejecutar la antigua fábrica de tabacos de la parroquia, han ganado, tras años de espera, la batalla judicial al Estado y han visto reconocido su derecho a que se les devuelvan los 1.970 metros cuadrados adquiridos hace 54 años para ese fin. Esta finca, que suma en total unos 14.000 metros cuadrados, perdió hace años su condición de planta tabaquera y fue subastada por el Estado hace una década, cuando fue adquirida por una conocida empresa de restauración, que convirtió el lugar en la finca Batacos (denominación que procede de una errónea transcripción de la palabra tabacos) para albergar banquetes y otros eventos.

Precisamente la pérdida de esa condición de nave de tabacos es la que llevó al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) a admitir el recurso de los herederos y a ordenar la reversión de los terrenos expropiados. Aunque esta sentencia es del año 2003, hasta ahora no se ha puesto en marcha ese proceso, a cargo de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de la Seguridad del Estado. Su petición de información urbanística al Concello, sobre la posibilidad de segregar la porción de terreno que hay que devolver es la que ha sacado ahora a la luz el asunto.

El concejal de Urbanismo, Antón Louro, explicó ayer el largo proceso que supone esta reversión y detalló que la respuesta municipal al Estado es que el terreno no es segregable por su condición de finca singular, según el PGOU pontevedrés. No obstante, la sentencia del TSXG si admite esa opción.

Louro añadió que la citada gerencia negocia varias opciones para cumplir la sentencia (en virtud de un último auto de ejecución de mayo de 2012), entre ellas, negociar una recompra a la empresa de restauración, para devolver esos 1.970 metros a los antiguos propietarios. No obstante, no se descartan otras, como indemnizar económicamente a estos herederos.

Resolución de 1998

La sentencia que obliga al Estado a realizar este proceso se deriva de un recurso que los afectados presentaron en su día contra una resolución de septiembre de 1998 del Ministerio de Agricultura que denegaba su petición de reversión de ese terreno "expropiado en 1958 para la ampliación del Centro de Fermentación y Cultivo de Tabaco".

El ministerio rechazó aquella petición al "entender la imposibilidad física y jurídica de los bienes expropiados y su restitución a los recurrentes", según se recuerda en la sentencia que añade que "con fecha 23 de mayo de 1996 tuvo lugar mediante escritura notarial la Agrupación y Declaración de Obra Nueva de las mismas en unión de otras que se compraron formando una unidad predial, por lo que dada su desaparición y en base al informe de la Abogacía del Estado de 7 de enero de 1996", se desestimó esa pretensión de los herederos por parte de Agricultura.

En cambio, el TSXG entiende lo contrario y considera que "es evidente que del resultado de la prueba pericial y reportaje fotográfico que acompaña junto con la documentación aportada por la recurrente se identificó perfectamente las fincas que en su día fueron expropiadas, de tal manera que al haber desaparecido la "causa expropiandi" o falta de afectación para el servicio público o interés social da lugar al derecho de reversión en el sentido de su restitución con el abono de su valor".

Derecho reconocido

Agrega que "por ello, tanto la causa de imposibilidad jurídica no se acreditó al estar dichas fincas perfectamente delineadas y lindantes con la recurrente, visto el terreno y estudio topográfico junto con el hecho de la inexistencia de las construcciones a que se refieren en cuanto se hallan actualmente en estado ruinoso y de ello se deriva que la finca colindante con la del recurrente es obvio que concurran los requisitos previstos para el derecho de reversión para su ejercicio".

Sobre la base de todos estos argumentos, el TSXG anuló en 2003 las resoluciones del ministerio y casi una década después ordenó ejecutar su sentencia, proceso en el que ahora trabaja la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de la Seguridad del Estado. La parte afectada se ubica "al fondo" de la parcela total y cuenta con alguna edificación sobre ella", según explicó ayer Louro.

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