El gobierno local recibió ayer el espaldarazo definitivo al plan peatonal que aplica en la ciudad desde 1999, cuando se restringió el tráfico en el centro histórico. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha desestimado un recurso que el PP formuló en 2002 contra un bando dictado en julio de aquel año por el alcalde, en el que se daba cobertura legal a todas las modificaciones de tráfico aplicadas hasta entonces.

La sentencia del TSXG deja claro que el alcalde tiene potestad de reordenar la circulación mediante un bando ya que las medidas incluidas en este documento no suponen "una supresión o eliminación de la red viaria que por su entidad o significado merecieran ser asimiladas a un supuesto de verdadera modificación" del PGOU.

Argumentos de la oposición

Precisamente, el PP había basado su recurso en el hecho de que el alcalde no tenía competencias para eliminar, por ejemplo, el tráfico en un tramo de Daniel de la Sota, o eliminar el sentido de entrada por la avenida de Vigo, ya que esos cambios suponían una modificación del PGOU, que es competencia del pleno.

La sentencia del alto tribunal galego fue acogida ayer con satisfacción por el gobierno local ya que "supone una batalla que ganan los ciudadanos", toda vez que el PP "siempre ha dicho que levantaría las obras" que restringen el tráfico en el centro urbano, según coincidieron en señalar ayer el alcalde, Miguel Fernández Lores, y el concejal de Urbanismo, César Mosquera,

En contra del criterio del PP (que entonces estaba dirigido desde la oposición por el ex alcalde Juan Luis Pedrosa, firmante del recurso) los magistrados estiman que las medidas adoptadas por el gobierno local únicamente implantan "restricciones en concretas modalidades del uso del vial" y recuerdan que el PGOU faculta al alcalde, como "órgano gestor del tráfico", a definir el uso del viario primario.

Además, la sentencia recuerda que la ordenanza municipal de circulación aprobada en su día por el pleno de la corporación "atribuye expresamente a la autoridad municipal determinadas facultadas en materia de ordenación y regulación de las modalidades de tráfico y circulación" por las vías públicas, por lo que "no procede considerar que el ejercicio de tales atribuciones haya supuesto una inaceptable invasión" de las competencias del pleno.

Dictado en julio de 2002

El bando objeto de este recurso judicial se dictó en julio de 2002 precisamente con el objeto de dar cobertura legal a todas las peatonalizaciones efectuadas desde 1999, cuando el casco viejo abrió el proceso de restricción de tráfico en la ciudad. Aunque siempre se insistió en que todas las medidas "son legales", el gobierno local quiso disponer de este instrumento ante la amenaza de recursos judiciales que anunciaban los comerciantes críticos, una vía que finalmente emprendió el PP.

La elaboración del bando, que se presentó como un "refrendo al amparo legal que ya tienen las zonas peatonales", respondió a una "recomendación" expresa del secretario municipal, que en sus informes sobre la peatonalización reconocía las plenas competencias del alcalde en materia de tráfico, siempre que no contravenga el PGOU, pero añadía que lo oportuno era que el regidor municipal utilice el mecanismo del bando "para establecer, limitar o suprimir determinadas limitaciones al uso general en las vías urbanas".

El documento determinó que las restricciones de tráfico y las zonas peatonales en Pontevedra se extendían a Daniel de la Sota y glorieta de Compostela, Michelena, un tramo de Rosalía de Castro y de la plaza de San José y, por supuesto, el centro histórico. Además, fijó los sentidos de circulación en calles donde se modificó, como Sagasta y la avenida de Vigo. Al tiempo, se incluyeron actuaciones similares realizadas años atrás, por otras corporaciones, e incluso peatonalizaciones efectuadas por el firmante del recurso, Juan Luis Pedrosa, cuando era alcalde, como fue el caso de la plaza de Ourense o un tramo de la Peregrina.