El vecino de Cangas, Bernardino Molanes Fernández acusado de violar y dejar embarazada a una niña de 13 años, familiar suya, ha sido condenado por la Audiencia de Pontevedra a cuatro años de prisión por un delito de abuso sexual. El fiscal había solicitado para el procesado una pena de 12 años de cárcel por un delito de agresión sexual. Asimismo, las pruebas realizadas en el Instituto Nacional de Toxicología demostraron la paternidad de Bernardino Molanes por lo que deberá indemnizar a la menor con 18.000 euros y, además, pasarle una pensión mensual de 120 euros para el mantenimiento de la hija que tuvo con la víctima.

El Tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial considera probado que en la mañana del 29 de agosto de 2002, el acusado Bernardino Molanes Fernández, que actualmente tiene 29 años, casado y con tres hijos, se encontraba en su domicilio de Cangas y aprovechó la ausencia de su mujer para entrar en la habitación de la joven, que había quedado a dormir ese día en la vivienda.

Según relata la sentencia, el procesado se abalanzó sobre ella y tras sujetarle los brazos, se situó encima de la menor penetrándola vaginalmente sin contar con su permiso, terminando por eyacular en la vagina. Durante el transcurso del episodio sexual, llegó a entrar en la habitación el hijo mayor del acusado, de entonces ocho años, diciéndole el padre que se fuera a otra dependencia de la casa. La menor quedó embarazada y dio a luz a una niña en mayo de 2003.

El procesado, durante la vista oral, había asegurado que la relación había sido consentida. Por contra, la víctima dejó patente ante los magistrados su disconformidad con el mantenimiento de dicha relación como, según la sentencia, se demuestra a raíz de que a partir de ese momento nunca hubieran mantenido más relaciones sexuales.

Sin embargo, a pesar de que los magistrados de la Audiencia consideran "veraz y creíble" las declaraciones de la víctima durante la vista oral, el hecho de que no denunciara la agresión sexual, no hubiera violencia, ni pidiera ayuda, junto con el informe presentado por la perito psicólogo que dice que "lo declarado -por la menor- no se corresponde con lo que responde en la entrevista psicológica, hay indicios de que no miente, pero oculta detalles de lo ocurrido..., pero su explicación no es convincente", hace que el Tribunal condene a Bernardino Molanes por un delito de abuso sexual y le absuelva de agresión sexual por lo que le impone una pena de cuatro años como autor de un delito de abuso sexual, frente a los doce que solicitaba el Ministerio Público.

Los magistrados argumentan en la sentencia que "las acciones atribuidas al acusado en la resultancia fáctica de la presente resolución de cara a conseguir el acceso carnal con la joven, no alcanzan a suponer el empleo de violencia o intimidación de la suficiente entidad como para doblegar la voluntad de la menor, quien, pudiendo hacerlo, no instó demanda de ayuda con ocasión de la entrada en la habitación en que se hallaban del hijo mayor del acusado, de 8 años de edad.

El Tribunal obliga al acusado, además de a indemnizar a su sobrina con 18.000 euros y 120 euros mensuales para manutención de la hija de ambos, a permanecer alejado a más de cien metros de la residencia, lugar o establecimiento público de donde se encuentren la joven y su hija durante los próximos cinco años. La sentencia determina la paternidad del acusado en base a las pruebas de ADN.