Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Demanda

Una mujer mayor pedía 223.000 euros más por una caída que la llevó a la UCI tras el ataque de una perra pero la justicia dice que su hipertensión influyó en el daño sufrido

La Audiencia de Ourense confirma una sentencia que valora como causas, al 50%, el traumatismo y el estado previo de salud de la perjudicada, que fue indemnizada con 300.000 euros por la aseguradora del dueño del animal

La sección civil de la Audiencia Provincial de Ourense desestima el recurso de apelación de la demandante.

La sección civil de la Audiencia Provincial de Ourense desestima el recurso de apelación de la demandante. / Iñaki Osorio

¿Ya nos sigues?Márcanos como medio preferente
Añádenos en Google
Javier Fraiz

Javier Fraiz

Ourense

Una mujer de Ourense de 72 años paseaba con su perro la tarde del 22 de enero de 2020. Según su versión, poco después de las 18:30 horas fue acometida por la espalda por otra perra. La septuagenaria se cayó al suelo y se golpeó en la cabeza. Fue trasladada al hospital de Ourense e ingresó en cuidados intensivos. En la UCI le diagnosticaron un hematoma cerebral. Esa lesión produjo a la septuagenaria una grave afectación neurológica, física y psíquica. Es una persona dependiente para las actividades básicas de la vida diaria; necesita asistencia, vigilancia y supervisión.

El dueño de la perra tenía una póliza de seguro de hogar, que asumió la responsabilidad y abonó en principio 77.932,28 euros por distintos gastos —como, por ejemplo, los farmacéuticos y de adaptación de la vivienda— y por la indemnización de los días de incapacidad. Esa cantidad fue sufragada por la compañía con cargo al capital pactado en la póliza como límite, que era de 300.000 euros. El seguro asumió también el pago de la cantidad restante hasta agotar el máximo posible —222.067,72 euros—, por las lesiones permanentes y demás gastos derivados del accidente. La demandante presentó una acción judicial en la vía civil para solicitar un total de 223.379,27 euros más de indemnización. En agosto de 2025, el Juzgado de Primera Instancia Número 2 de Ourense desestimó la demanda. Tras el recurso de apelación, la Audiencia Provincial confirma la sentencia inicial, en una resolución del pasado 10 de junio. Quedaba la posibilidad de recurrir en casación al Supremo, pero no se ha acudido al alto tribunal. La decisión judicial en este caso es firme desde el pasado 24 de julio.

En su contestación a la demanda, el abogado del propietario de la perra discrepó de la cantidad solicitada por la perjudicada y presentó varias alegaciones, entre las que se incluía la versión de esta parte de que, supuestamente, el perro que llevaba la septuagenaria, un pastor alemán de gran tamaño, fue el que provocó su caída al suelo.

La sentencia inicial de Primera Instancia, que ahora ratifica la Audiencia, desestimó la demanda al considerar que, por las lesiones permanentes, correspondía a la septuagenaria un total de 222.223,49 euros. El órgano juzgador concluyó que, en la producción de la hemorragia cerebral, la causa de las secuelas de la mujer, no solo influyó el golpe sufrido, sino también su estado de salud de base, su hipertensión. Primera Instancia 2 valoró ambas causas en un 50%.

La abogada de la septuagenaria presentó recurso de apelación e incidió en que no podía imputarse a la propia perjudicada una corresponsabilidad en las lesiones permanentes sufridas tras el ataque de la perra. Ni en relación a su actuación ni a su estado de salud. La letrada consideraba que la prueba fue valorada de manera errónea.

Se ha demostrado que, o bien el origen o la causa era espontánea, o que no se podía descartar la concurrencia de los dos factores en la situación más beneficiosa para la demandante

Audiencia Provincial

«En la sentencia en ningún momento se atribuyó a la lesionada responsabilidad alguna en la dinámica causal del siniestro; no se estimó que concurriese negligencia o falta de diligencia de la propia perjudicada», aclara la Audiencia Provincial de Ourense en primer lugar.

«Al hallarse dentro del límite del seguro la cantidad correspondiente a esos conceptos, la compañía aseguradora abonó en su totalidad, pero ello no impide que ahora, a la vista de las pruebas practicadas pueda llegarse a la conclusión de que la hemorragia se produjo por más de una causa», indica la sala.

«En este caso, se comparte la valoración de la prueba realizada por la juzgadora de instancia que, frente al informe pericial aportado por la actora, ha valorado los informes de la parte demandada, basándose además en la documentación médica que figura en autos», subraya la Audiencia, en una sentencia de la que es ponente la magistrada María José González Movilla.

Tras analizar los dictámenes y el criterio de los facultativos, el tribunal concluye que la parte demandante «no ha conseguido probar que el origen de la hemorragia era de carácter traumático, la caída a causa del ataque o acometimiento del perro del demandado. Se ha demostrado que, o bien el origen o la causa era espontánea, o que no se podía descartar la concurrencia de los dos factores en la situación más beneficiosa para la demandante».

La sentencia inicial valoró en un 50% la aportación causal de cada uno de estos factores, «y tal conclusión debe ser mantenida, desestimándose el recurso de apelación interpuesto», concluye la Audiencia.

Suscríbete para seguir leyendo

Tracking Pixel Contents