Tribunales
El timador estaba en la familia: pide préstamos a nombre de su padre por 11.200 euros tras aprovechar que tenía sus datos porque le hizo la declaración de la renta
Condenan por falsedad documental al hijo, un ourensano que debe pagar una multa de 1.080 euros y no puede delinquir en dos años para no perder el beneficio de suspensión de la pena de 21 meses de prisión

Edificio judicial de Ourense, sede del Tribunal de Instancia y la Fiscalía. / Brevebretema

En ocasiones el engaño llega del entorno personal más cercano; hay decepciones que surgen de la propia familia. Hace unas semanas un ourensano de 43 años que carecía de antecedentes penales resultó condenado en una sentencia de conformidad, tras reconocer que aprovechó que tenía los datos y el DNI electrónico de su padre —el hijo se encargó de la declaración de la renta del progenitor— para solicitar préstamos por un importe total de 11.200 euros, que han acarreado deudas. El autor de este delito continuado de falsedad en documento mercantil tendrá que pagar una multa de 1.080 euros. La magistrada de la plaza 1 de la Sección Penal del Tribunal de Instancia de Ourense le ha concedido el beneficio de la suspensión de la pena de 21 meses de prisión impuesta.
La jueza apercibió al acusado, en la sala de vistas, de las consecuencias en el caso de que incumpla las condiciones estipuladas en la sentencia. Por una parte, durante el plazo de suspensión de la pena de prisión, fijado en dos años, el encausado no puede cometer ningún nuevo delito desde el pasado 15 de junio, la fecha de la resolución con la que el encausado se mostró conforme. Si no acata esta orden podría revocarse la suspensión y podría ser encarcelado. El hijo también fue requerido por la jueza para que abone la sanción impuesta. No pagar también conlleva privación de libertad. El tribunal accede a que el autor de los hechos cumpla con el pago de la sanción en cuotas mensuales de 100 euros.
El acusado tenía acceso a los datos de su padre, así como a su DNI electrónico, porque se encargó de realizar la declaración del IRPF del progenitor. El 12 de enero de 2023 abrió por internet una cuenta a nombre del perjudicado. El hijo anotó su teléfono personal, su correo electrónico así como la dirección de un lugar en el que este acusado había trabajado.
Tras esa primera acción, el 17 de enero de 2023 concertó un préstamo a nombre de su padre de 6.868 euros, por el que se adeudaban 7.057. El 22 de febrero de 2023 adquirió por internet una videoconsola Nintendo, con diversos juegos, que recibió en el domicilio de Ourense en el que residía en ese momento. Para llevar a cabo este pago concertó otro préstamo, en el que de nuevo identificó como solicitante a su padre. Esa operación tuvo un importe de 398,97 euros, pero ya se adeudaban 432,36.
Por último, el 2 de marzo de ese año, el acusado suscribió un nuevo préstamo por importe de 4.000 euros, un dinero que percibió en la cuenta que había abierto en enero, por la modalidad online, utilizando de forma ilegal los datos de su progenitor. La deuda de esta operación alcanzaba los 3.565 euros, según los hechos probados de la resolución, que es firme.
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