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Delito de atentado

Cárcel para el exgerente del matadero de Trives por sabotear una inspección ambiental

La jueza ve probado que rompió el precinto de una muestra de agua y forcejeó con el inspector que trataba de documentar la actuación | Descarta que se tratase de una discusión

El acusado fue juzgado en el Penal 1 de Ourense.

El acusado fue juzgado en el Penal 1 de Ourense. / Iñaki Osorio

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Una inspección rutinaria en el matadero comarcal de Trives acabó hace más de cuatro años con un enfrentamiento entre el entonces gerente de las instalaciones y un agente medioambiental. Aquel incidente, durante el que el inspector vio cómo la muestra de un vertido que acababa de recoger era derramada al suelo y a posteriori sufrió un forcejeo cuando trataba de fotografiar lo ocurrido, ha terminado con una condena judicial. El Juzgado de lo Penal 1 de Ourense le ha impuesto al exgerente un año de prisión y una multa de 540 euros por un delito de atentado contra la autoridad.

Los hechos se remontan al 7 de abril de 2022. Ese día, un agente medioambiental se desplazó hasta el matadero, uniformado y a bordo de un vehículo oficial rotulado, para realizar una inspección y recoger muestras de un vertido en el ejercicio de sus funciones de Policía de Aguas.

Según considera probado la magistrada, cuando el funcionario se disponía a abandonar las instalaciones, el entonces gerente bloqueó con su vehículo la salida del recinto. A continuación, le exigió que le enseñase el recipiente con la muestra recién recogida, rompió el precinto y derramó el agua sobre el suelo, inutilizando así la prueba.

El incidente no terminó ahí. La sentencia relata que, cuando el agente intentó fotografiar lo sucedido con su teléfono móvil para dejar constancia de los hechos, el acusado le agarró por los brazos y golpeó el dispositivo con un manotazo, provocando que cayese al suelo.

La resolución rechaza que todo respondiese a una simple discusión o a una discrepancia durante la inspección. La jueza entiende que el acusado protagonizó «una sucesión continuada de actos objetivamente dirigidos a obstaculizar el ejercicio de las funciones inspectoras desarrolladas por el agente medioambiental». En esa línea, sostiene que el forcejeo constituyó «la culminación de una conducta de resistencia activa y grave dirigida a impedir o dificultar el ejercicio de la función pública encomendada».

Al ostentar los agentes medioambientales la condición de autoridad pública cuando ejercen funciones de Policía de Aguas, el tribunal concluye que los hechos son constitutivos de un delito de atentado contra la autoridad, por lo que le impone 1 año de cárcel, además de una multa de 540 euros.

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