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Municipal

El Supremo inadmite el recurso del Concello de Ourense contra la anulación del cese del interventor

El alto tribunal rechaza entrar en el fondo del asunto al considerar que el caso carece de «interés casacional» | Desde el consistorio trasladan que recurrirán al Tribunal Constitucional

Gonzalo Alonso, el interventor municipal, a la derecha de la imagen, durante un pleno.

Gonzalo Alonso, el interventor municipal, a la derecha de la imagen, durante un pleno. / Iñaki Osorio

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El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casación presentado por el Concello de Ourense contra la sentencia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia— TSXG— que confirmaba la nulidad del cese del interventor municipal, Gonzalo Alonso, al considerar que vulneró sus derechos fundamentales.

El alto tribunal sostiene que «los hechos y la valoración de los mismos son aspectos que no pueden ser objeto de examen en el recurso de casación», apuntando así a que «no se fundamenta suficientemente» la concurrencia de supuestos que «permitan apreciar la conveniencia de un pronunciamiento», al tratarse de un asunto centrado en circunstancias concretas del expediente administrativo.

El procedimiento tiene su origen en la sentencia inicial del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Ourense, que ya había declarado la nulidad del cese del interventor por vulneración de derechos fundamentales, decisión que posteriormente fue confirmada por el TSXG.

El alto tribunal gallego coincidía con la resolución inicial que consideraba que, además de defectos formales relativos a la falta de competencia y la inadecuación del procedimiento, el decreto municipal que acordó el cese vulneró derechos constitucionales del funcionario, al entender que no puede cesarse a un empleado público de carrera salvo mediante procedimiento disciplinario y por causas legalmente establecidas.

Apelación al Constitucional

Desde el Concello de Ourense recurrieron ante el Supremo al considerar que la sentencia del TSXG debía ser revisada en casación. Ahora el alto tribunal ha rechazado esa posibilidad al no apreciar «interés casacional» en el asunto, pero desde el consistorio ya han anunciado que recurrirán esta decisión apelando ante el Tribunal Constitucional.

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