Deniegan la excarcelación
«Relevantes extremos incriminatorios» y el «peligro» de fuga tras su anterior huida a Holanda mantienen en prisión al acusado de un atraco a dos ancianos
La Audiencia de Ourense ratifica la prisión provisional ante el riesgo de «elusión de la Justicia» de este acusado, implicado en el asalto a dos nonagenarios y su cuidadora, en 2019 en Boborás

La Audiencia Provincial ratifica la prisión provisional a este acusado. / Brevebretema

J., el último de los cuatro implicados pendiente de juicio por el atraco con pistola y cuchillo a dos ancianos y su cuidadora en Boborás en 2019 —los mayores ya han fallecido— seguirá en prisión. La causa contra él llegará varios años más tarde que contra los otros tres implicados, que en 2021 se conformaron con penas de cárcel de entre 3 años y 4 años y 4 meses. Este pasó años huido en Países Bajos, donde fue detenido. Está en la cárcel en Madrid desde diciembre de 2025. Este miércoles se celebró una vista en la Audiencia Provincial de Ourense tras un recurso de la defensa para solicitar la excarcelación. La sala deniega la libertad. Comparte el criterio de la Fiscalía y la acusación particular, y ratifica la decisión inicial del Tribunal de Instancia de O Carballiño.
La sala constata «indicios racionales de participación del investigado en los hechos», cometidos el 18 de mayo de 2019. La Audiencia apunta a «relevantes extremos incriminatorios». Declaraciones testificales sitúan al sospechoso en las inmediaciones del lugar del asalto. Además, fue reconocido por testigos.
Una mujer ya condenada en 2021 mantenía una relación sentimental con el encausado. «Refuerza la razonabilidad de la hipótesis incriminatoria». Según el tribunal, existe «un cuadro indiciario plural, objetivo y suficientemente consistente» contra el sospechoso.
La prisión provisional es necesaria para «asegurar la presencia del investigado en el proceso», porque concurre «un relevante peligro de elusión de la acción de la Justicia», expone la Audiencia Provincial. «Reviste singular importancia» que, al saber que había una investigación contra él por el atraco de Boborás, «abandonase territorio nacional y se trasladase a Holanda». Fue localizado en Ámsterdam. Ese precedente «evidencia una voluntad objetiva de sustraerse al procedimiento». Además, el encausado está inmerso en otra causa penal, por un delito contra la salud pública.
Que J. hubiera comparecido voluntariamente ante las autoridades en Países Bajos para su entrega a España «no neutraliza ni elimina el riesgo de fuga, previamente exteriorizado mediante su desplazamiento al extranjero y su permanencia fuera del alcance de la jurisdicción española, hasta la activación de mecanismos internacionales de búsqueda y detención», razona la Audiencia de Ourense.
En octubre de 2019 se dictó la orden europea de arresto. «Pone de manifiesto la insuficiencia de medidas menos gravosas» que la prisión, esencial «para garantizar su sometimiento al proceso». Como argumento final, la Audiencia indica que «deben ponderarse la gravedad de los hechos investigados y de las penas asociadas, así como la existencia de precedentes condenatorios respecto de los restantes partícipes, circunstancias que incrementan objetivamente el incentivo de fuga».
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