Urbanismo
La justicia rechaza regularizar las obras del edificio anexo a los Franciscanos en Ourense
Los jueces avalan la negativa del Concello de Ourense a modificar una licencia urbanística para obras que incrementaron volumen y edificabilidad

El edificio protagonista del conflicto urbanístico. / Iñaki Osorio
El Tribunal de Instancia 2 de Ourense ha desestimado el recurso presentado por la empresa promotora del edificio situado junto a la iglesia de los Franciscanos, en la ciudad de As Burgas, en el que se solicitaba la modificación de la licencia urbanística concedida originalmente para incorporar cambios realizados durante la ejecución de las obras.
La empresa había recurrido tanto la desestimación de su petición como el decreto del concejal de Urbanismo, Francisco Lorenzo, mediante el cual el Concello de Ourense acordó archivar la solicitud de modificación de la licencia. En su recurso, la promotora sostenía que ambas decisiones “no se ajustaban a derecho”.
Sin embargo, el tribunal da la razón al Concello de Ourense y concluye que la denegación de la solicitud es ajustada a derecho, al entender que las obras ejecutadas no se corresponden de forma sustancial con el proyecto y la licencia concedida inicialmente.
La resolución incide en que la figura del proyecto modificado está pensada para introducir ajustes en obras en ejecución, bajo control de la Administración, pero no para servir como mecanismo de regularización de actuaciones ya finalizadas que se apartan de lo autorizado, como ocurría en este caso.
El contexto
El conflicto urbanístico se remonta a 2013, cuando la promotora obtuvo licencia municipal para la construcción del inmueble. Durante el desarrollo de las obras, según ha explicado la administración local mediante un comunicado, se ejecutaron actuaciones que no se ajustaban al proyecto aprobado, entre ellas incrementos de volumen y edificabilidad.
Una vez finalizada la construcción, el Concello de Ourense constató que el resultado final no se correspondía con lo autorizado, por lo que denegó la licencia de primera ocupación. Esta decisión fue posteriormente recurrida por la empresa en vía judicial.
Años más tarde, en 2023, la constructora solicitó una modificación de la licencia inicial con la intención de validar las variaciones ya ejecutadas en el edificio. El Concello de Ourense procedió a archivar dicha petición en febrero de 2024, al considerar que no es posible tramitar un modificado sobre una obra ya concluida, criterio que ahora respalda el tribunal.
En su resolución, la magistrada subraya que no cabe realizar una modificación del proyecto una vez finalizada la obra para adaptarla a la legalidad, sino que en estos casos debe acudirse a un expediente de reposición de la legalidad urbanística o solicitar una nueva licencia.
Asimismo, la sentencia recuerda que el control urbanístico se articula precisamente en fase de ejecución para garantizar que lo construido se ajusta a lo autorizado, por lo que permitir modificaciones posteriores supondría vaciar de contenido ese sistema de supervisión administrativa.
Por todo ello, el tribunal desestima el recurso de la promotora y avala la actuación del Concello de Ourense, imponiendo además el pago de las costas del procedimiento.
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