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Violencia vicaria

Firme la condena para un hombre que mató a dos perros de su expareja envenándolos con estricnina: sale de prisión con pulsera telemática

Estuvo diez meses en prisión provisional y ha recuperado la libertad porque, tras la firmeza de la sentencia, la autoridad judicial le concede la suspensión de la pena. No puede cometer ningún nuevo delito ni aproximarse a la perjudicada. Queda por juzgarse otro caso de presunto acoso a la misma víctima

Una pulsera de control telemático, en una imagen de archivo.

Una pulsera de control telemático, en una imagen de archivo. / FDV

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Javier Fraiz

Javier Fraiz

Ourense

Acudió a una nave de una explotación ganadera de la víctima, en el municipio ourensano de Monterrei, quebrantando una orden de alejamiento, y envenenó a dos perros de la mujer, con la que había tenido una relación sentimental. Usó estricnina, un potente tóxico prohibido en la Unión Europea. En una sentencia de febrero de este año, la magistrada de la plaza 2 de la Sección Penal del Tribunal de Instancia de Ourense condenó a este hombre a 18 meses de prisión por cada uno de los dos delitos de maltrato animal, y a 6 meses más por la infracción penal de quebrantamiento. Esa resolución no llegó a ser recurrida y el juzgado ya ha declarado la firmeza. El autor de estos hechos, que la juzgadora considera un ejemplo de violencia vicaria, fue excarcelado el viernes de la semana pasada, tras permanecer en prisión provisional desde julio de 2025. Tras diez meses de encarcelamiento, ha salido del centro penitenciario pero lleva una pulsera de control telemático como medida de protección para la perjudicada. La justicia tiene pendiente de resolver una denuncia de la misma víctima contra este varón por un presunto acoso en un contexto de violencia de género.

El agresor ha salido de prisión porque, tras la declaración de la firmeza de la sentencia, la defensa solicitó la suspensión de la pena. En ese trámite, la autoridad judicial concedió ese beneficio previsto en la ley porque el encausado es un delincuente primario, es decir, no había sido condenado con anterioridad. Durante el periodo de suspensión de pena, para que no se revoque esta condición, el condenado no puede cometer ningún nuevo delito, ni acercarse a la perjudicada. Si incumple los requisitos, la justicia revocará el beneficio y el varón volverá a la cárcel. La pulsera telemática es una medida impuesta por la sección instructora del tribunal de instancia de Verín, una cautelar en ese otro procedimiento penal de presunto acoso, el caso que está pendiente de juicio.

Un acto de «venganza»

Los hechos de los que fueron víctimas los perros —y también la familia, por el apego que tenía con los animales— fueron calificados en la sentencia como de «una gravedad extrema». La magistrada censuró que «al margen de la frialdad que ha de tenerse para causar un particular e innecesario sufrimiento a los animales, lo más preocupante es lo que se busca con la acción desarrollada: causar un particular daño en la persona con la que se ha mantenido una relación sentimental, como motivo de venganza».

En marzo de 2025, el juzgado de Verín que investigaba el caso de presunta violencia de género prohibió al acusado acercarse a menos de 200 metros de la que había sido su pareja, así como comunicarse con ella por cualquier medio. El varón incumplió la medida y acudió sobre las 9:25 horas del día 29 de mayo de 2025 a una nave de la perjudicada, a la que la mujer iba a diario para alimentar a sus ovejas. Una instalación próxima a su domicilio y situada a más de 30 kilómetros de donde reside el autor de los hechos. El posicionamiento del móvil sitúa al acusado en la localidad, en el tramo horario en el que se produjo el envenenamiento.

«Con intención de acosar, atemorizar y causar daño emocional» a la víctima —son expresiones de la sentencia condenatoria—, el varón envenenó con estricnina a los perros de la mujer: un border collie y un pastor vasco. Los animales murieron de modo casi inmediato por los efectos de la estricnina, un neurotóxico que paraliza los músculos respiratorios y que desencadenó una hipoxia generalizada. Según indicaron en el juicio los peritos, el veneno es «extremadamente letal y rápido».

Los dos perros fallecidos pastoreaban las ovejas de la explotación de la perjudicada, pero además eran animales de familia, a los que tenían cariño y afecto. La juzgadora estableció una indemnización para resarcir el «daño psicológico» sufrido por la víctima y por su núcleo, a consecuencia de la muerte de los canes. «La acción desarrollada por el acusado, accediendo a un lugar al que frecuentemente acudía la denunciante para atender a los animales, un lugar además situado tan próximo a su propio domicilio, supone incrementar de manera exponencial el temor de la víctima por su propia integridad física», dice la resolución.

Desde el primer momento, la víctima sospechó del hombre ahora condenado como autor del envenenamiento. Le escuchó varias veces que iría a Portugal a comprar «jarabe» —en alusión a la estricnina— para matar a los animales que atacaban a su ganado. La mujer tenía esa convicción y el análisis toxicológico confirmó que ese había sido el veneno administrado.

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