Un acusado de un matrimonio de conveniencia para un fraude migratorio en Ourense no acude al juzgado y no justifica el porqué
No se presentó a la vista pese a que estaba citado y ni siquiera su abogado defensor logró contactar con este encausado. El juicio se señala para noviembre. La ley permitirá juzgarlo entonces en ausencia si vuelve a plantar la convocatoria

Un policía, en la entrada del edificio judicial de Ourense. / IÑAKI OSORIO

No se presentó en el edificio judicial de Ourense, pese a que estaba citado debidamente, y ni siquiera su abogado defensor pudo hablar con él ni contactar antes de la vista. El acto de audiencia preliminar fijado para este lunes por un supuesto caso de fraude migratorio tras un matrimonio de conveniencia se saldó con el señalamiento de la fecha del juicio, que será en el mes de noviembre. Si el encausado tampoco acude ese día, los hechos podrán resolverse sin que esté presente, puesto que la ley permite juzgar en ausencia a los acusados, cuando la petición de condena por parte de las partes no supera los dos años de prisión, como en este caso.
El supuesto objetivo era que la mujer obtuviese la autorización de residencia para permanecer en España. La Fiscalía acusa al varón de un delito de falsificación en documento público, en concurso con otro de favorecimiento de la inmigración ilegal. Se enfrenta a una petición de año y medio de prisión y dos multas por un total de 3.240 euros. Pero la Fiscalía solicita que, en caso de condena, la autoridad judicial acuerde la sustitución de la pena de prisión por la expulsión del territorio nacional con prohibición de entrada en España durante cinco años. El varón y la mujer son dominicanos.
El sospechoso, de 33 años, presentó el 5 de septiembre de 2022 una solicitud, en la Subdelegación del Gobierno en Ourense, de residencia temporal, por razón de agrupación familiar, para su cónyuge. Con esta mujer, según la Fiscalía, el encausado «contrajo matrimonio en República Dominicana», en marzo del año de 2021, «a cambio de una cantidad indeterminada de dinero», y «con el solo propósito» de que ella lograse el permiso.
El varón aportó el certificado de matrimonio y también una declaración jurada: aseguraba que no residía con él en España ningún otro cónyuge o pareja. «A sabiendas de que el contenido de los documentos no se correspondía con la realidad», sostiene la Fiscalía. Como resultado de este presunto engaño, el 24 de noviembre de 2022 la Subdelegación concedió a la mujer la residencia temporal por una situación de reagrupación familiar inicial.
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