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Agresión sexual

Condenado en Ourense por besar sin consentimiento a una compañera de trabajo menor de edad que sufrió «nerviosismo» y «temor»

El beso en la mejilla sin permiso ya supone delito y además la jueza cree la versión de la joven de que el hombre lo intentó también en la boca y le dijo que la «comería enterita»

«Por más que el acusado quiera defender la inocuidad de ese acto, lo cierto es que no tenía la más mínima justificación. Se trataba de una mera compañera de trabajo y, como él mismo admitió, podría ser su hija», subraya la magistrada sobre el beso en la mejilla

El acusado, durante el interrogatorio en el juicio. | FDV

El acusado, durante el interrogatorio en el juicio. | FDV

Javier Fraiz

Javier Fraiz

Ourense

Él tiene 60 años en la actualidad y la víctima aún era menor de edad —17 años— cuando intentó besarla sin su consentimiento en la boca, llegando a hacerlo en la mejilla, unos hechos ocurridos en el lugar de trabajo. La magistrada de la Plaza 2 de la Sección de lo Penal de Ourense, Susana Pazos, lo condena por agresión sexual. Le impone un año de prisión, tres de inhabilitación para cualquier profesión, oficio o actividades —sean o no retribuidos— que conlleve contacto con menores de edad, así como el pago de una indemnización a la víctima de 2.000 euros, por daños morales. La sentencia no es firme y cabe recurso de apelación a la Audiencia Provincial.

El acusado alegó en el juicio que estuvieron hablando de cuestiones laborales y que solo le dio un beso en la mejilla a su compañera para despedirse, un acto que definió como un simple «roce». La víctima manifestó que el acusado la agarró de la mano e intentó besarla de manera insistente. Ella apartó la cara y expresó su rechazo, pero él logró al final darle un beso en la mejilla, diciéndole «que iba a comerme enterita», describió la joven, que llevaba solo una semana trabajando en esa nave. La magistrada ve probada su versión. Los hechos ocurrieron la tarde del 25 de septiembre de 2023.

«El acusado pretendía darle un beso en los labios, acompañando esa acción de un comentario que evidencia claramente el ánimo sexual, pero, de cualquier modo, ya solo la acción por él reconocida integraría el delito descrito, al no haber prestado su consentimiento la denunciante para ese beso», subraya la autoridad en la sentencia.

Uno de los argumentos que el encausado expuso en el juicio es que, en aquella época, el caso Rubiales puso «de moda» este tipo de denuncias. La magistrada le replica: «No se concibe que, por ‘sumarse a una moda’, uno se preste a inventar falsamente hechos tan graves, orquestando todo un escenario falso para darle credibilidad».

La jueza incide en que él reconoció el beso en la mejilla. «Por más que el acusado quiera defender la inocuidad de ese acto, lo cierto es que no tenía la más mínima justificación. Se trataba de una mera compañera de trabajo, que además tiene muchísima menos edad que él. Como él mismo admitió, podría ser su hija. En aquel momento, no tenía la más mínima confianza con ella (...), no dio tiempo a generar entre ellos el más mínimo vínculo o amistad. Nunca antes se habían dado un beso, ni siquiera al ser presentados. Por tanto, no era un modo habitual entre ellos de saludarse», razona la magistrada Pazos.

Una situación «violenta»

«Resulta ciertamente significativo el hecho de que el acusado haya recalcado que fue un acto mutuamente consentido entre ambos, y sin embargo, no sea capaz de ofrecer ni un solo dato objetivo que nos permita evidenciar el consentimiento de la denunciante», añade. «No fue un simple beso en la cara lo que ahí sucedió, sino que necesariamente tuvo que producirse una situación mucho más violenta para la denunciante, pues, de lo contrario, no se concibe el estado de ansiedad y nerviosismo que de manera inmediata se generó», subraya.

«El contexto en el que se produjo el beso que el acusado en todo caso reconoce haber dado no es ni mucho menos el de alguien que lo dio en un tono meramente amistoso», reitera la juzgadora. «De ser así, no experimentaría la denunciante la situación de agobio que evidenció instantes después, lo que refuerza su relato acerca de que pretendía el acusado algo más que dar un simple beso en la mejilla». El temor que sintió la joven «refuerza la verosimilitud» de esa expresión sexual por parte del acusado acerca de que, antes de acabar la jornada, la «comería enterita». La jueza deduce que «de ahí que se sintiera en la necesidad de llamar a su encargado, a su madre y alertar a sus compañeros, con el temor que sin duda habría de albergar, al pensar en lo que podría sucederle después».

Del contexto del caso, la jueza saca alguna reflexión más. Tras los hechos, los compañeros decidieron confrontar la versión de la joven con la del acusado. «Desafortunadamente, todavía hay mucha pedagogía que instaurar, teniendo que mejorarse muchos aspectos a la hora de afrontar situaciones como la aquí enjuiciada», dice la togada.

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