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Indemnización

Condenada una empresa a pagar 17.800 euros al colegio Cisneros: una obra causó el derrumbe de un muro sobre el patio

El juez acota la responsabilidad del grave siniestro en la contratista de los trabajos para una acometida y exonera a la distribuidora del gas

El suceso llenó de escombros el patio, y de lodo y agua la planta baja del colegio Cisneros. | BRAIS LORENZO

El suceso llenó de escombros el patio, y de lodo y agua la planta baja del colegio Cisneros. | BRAIS LORENZO

Javier Fraiz

Javier Fraiz

Ourense

Unas obra para una canalización y acometida de gas en un edificio causó, posiblemente por las vibraciones de los trabajos en el terreno, que se soltase el dado de hormigón que calzaba el tapón de una tubería de agua de final de línea, desencadenando una fuga, una gran acumulación de líquido y el posterior derrumbe, sobre el patio exterior del colegio Cisneros, de un muro de contención y de unas escaleras del inmueble colindante. Ocurrió el 1 de marzo de 2023. Pocos minutos antes había escolares en la zona, antes del inicio de la jornada de tarde, pero al ver que la entrada de agua en las instalaciones iba a más los docentes optaron por desalojar y esa cautela resultó providencial. Por fortuna nadie salió herido. Tras el primer juicio a consecuencia de estos hechos, el magistrado Javier Solé Vilas, titular de la Plaza 1 de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Ourense, condena a la contratista de la obra —que fue ejecutada por una subcontratada, no demandada— a indemnizar al centro educativo con 17.833,01 euros, además de los intereses legales. Supone una estimación parcial de la demanda presentada por el colegio, representado por el abogado Pablo Quintas. La parte solicitaba 41.171,10 euros y que se condenase, además, a la compañía distribuidora del gas, pero el magistrado la excluye de las responsabilidades y, en cuanto a la cuantía, la aminora por factores como el largo tiempo de uso que tenía el patio antes del accidente. La sentencia no es firme, porque cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Ourense.

El derrumbe llenó el patio de escombros —cayeron toneladas de piedra y de tierra—, y la riada inundó con agua y lodo la planta baja del colegio. Varias familias del edificio aledaño no pudieron regresar a sus casas hasta seis meses después. El patio exterior del Cisneros estuvo casi un año inutilizado, entre los daños causados por el siniestro y las obras con maquinaria pesada para la construcción de un nuevo muro, cuya ejecución contrató el Concello. Quedan más procedimientos.

«Ha quedado acreditado la existencia de daños en el colegio (...) y que existe una causa-efecto entre las obras que se realizaban en la Rúa da Fonte do Monte, el 1 de marzo de 2023, y los perjuicios causados, como así identificaron todos los peritos», indica el magistrado.

Toneladas de tierra y cascotes cayeron sobre el patio del colegio. Una vecina de una vivienda cercana fue evacuada, ilesa.

Toneladas de tierra y cascotes cayeron sobre el patio del colegio. Una vecina de una vivienda cercana fue evacuada, ilesa. / BRAIS LORENZO

Aunque la compañía distribuidora de gas fue la que solicitó la licencia para la canalización y acometida de gas al edificio del número 7 de la calle Fonte do Monte —en la parte trasera del colegio—, delegó la obra en la contratista y única empresa condenada, aunque la ejecución fue encargada a una subcontrata, pero esta empresa no fue demandada.

«Es obvio», dice el juez, que fueron los operarios «los que con sus trabajos provocaron unas vibraciones, y que ello pudo causar un afloje del dado de hormigón y del tapón y la correspondiente salida de agua, por lo que esos trabajos fueron la causa de la salida del agua y la destrucción del muro posteriormente». Sin embargo, «únicamente puede atribuirse responsabilidad por los hechos sucedidos a aquella empresa que tenía un control directo sobre la ejecución de la obra», señala el magistrado en relación a la contratista. «La dirección facultativa de la obra le correspondía a ella, igual que la elección de la empresa contratada», reitera el togado.

En cambio, la distribuidora de gas «no participaba» en la obra, «no tenía ninguna relación» con la subcontrata ni con la «ejecución material» de los trabajos, sino que su labor «únicamente» consistió en «encargar el proyecto a la empresa que debía llevar a cabo la ejecución de la obra», la ahora condenada, «la que decidía si ejecutaba toda la obra por sus medios o delegaba alguna función en otra empresa», como así sucedió.

La contratista «actuó asumiendo los riesgos», dice el juez

En el juicio, las demandadas argumentaron que, antes de la obra, la contratista solicitó a la concesionaria del agua que informase sobre los servicios que pasaban bajo la acera, pero supuestamente no contestó ni se presentó nadie el día de apertura de la zanja. Un perito cuestionó que, pese a tratarse esa tubería de «un punto crítico», el conducto de agua no estaba bien señalizado. El experto manifestó que «había un riesgo oculto del que no eran conocedores» los operarios. El juzgador considera que la contratista «actuó asumiendo los riesgos», como no cerciorarse de la exactitud de los planos antes de iniciar los trabajos.

«Es claro su papel director en la ejecución de la obra, por lo que debe pechar con la responsabilidad en la producción de los daños frente a terceros , sin perjuicio de su derecho a repetir contra otros agentes de la obra», dice el juez, incluso contra la empresa del agua, «si considera que su actuación no fue lo debidamente responsable, pero ello no es óbice de que frente a daños a terceros como es este caso deba responder de los perjuicios causados».

«Queremos que los niños tengan un patio en condiciones. El pavimento es muy deficitario, rugoso, con pinchos en el hormigón. Cualquier niño puede caerse y levantarse la piel», declaró la jefa de estudios en el juicio. El magistrado ve más adecuado el cálculo de indemnización de un perito propuesto por las demandadas, que tuvo en cuenta los daños del recinto pero también el paso de los años de uso del patio.

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