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Decisión del Supremo

Firme la condena por el acoso laboral de un exconcejal a la jefa de la Policía Local de Ourense

La justicia constata que el Concello de Ourense no actuó para proteger a la víctima ni activó el protocolo antiacoso

En el juicio, el exconcejal Telmo Ucha, que acosó laboralmente a la jefa de la Policía Local, María Barrera.

En el juicio, el exconcejal Telmo Ucha, que acosó laboralmente a la jefa de la Policía Local, María Barrera. / INAKI OSORIO

Ourense

Una providencia del Tribunal Supremo inadmite el recurso de casación del Concello de Ourense y declara firme la sentencia por el acoso laboral continuado, durante cinco años, del exconcejal Telmo Ucha contra la intendente y jefa de la Policía Local, María Barrera. El Ayuntamiento, la parte que recurrió, no protegió a la víctima y no activó el protocolo antiacoso. La funcionaria debe ser indemnizada con 30.000 euros por los perjuicios sufridos.

El Supremo ratifica la sentencia de la fase de suplicación del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, que a su vez confirmaba una primera resolución de uno de los juzgados de lo Social de Ourense. El TSXG constató la evidente situación de acoso laboral al que fue sometida María Barrera por parte de Ucha, incluyendo un desalojo de despacho. El TSXG reprochó la «absoluta pasividad» del Ayuntamiento a la hora de adoptar alguna medida «acerca de una actuación tan grave, desproporcionada y denigrante como es la del desalojo por la fuerza de un despacho de un funcionario público que por razón de su cargo tiene derecho a ocupar ese despacho».

Las alegaciones del Concello «deben rechazarse porque todo el escrito es una interpretación subjetiva y parcial de las respectivas sentencias», dice el Supremo, que alude a que «hubo una situación de acoso a lo largo de aproximadamente cinco años, siendo conocida la actitud del acosador hacia la trabajadora en el ámbito del Concello, pues se trataba de manifestaciones en redes sociales, en prensa y en las propias dependencias del Concello».

Frente a esta situación sufrida por Barrera, «no consta la adopción de medida alguna por el Concello, tras haber ordenado el acosador la entrada con un cerrajero en el despacho de la actora unos días después de que esta causase baja por incapacidad temporal». Tampoco actuó el Ayuntamiento cuando la jefa policial «remitió un burofax al alcalde oponiéndose a aquello ni tampoco ante la denuncia por acoso laboral presentada por la actora, no activándose el protocolo correspondiente», expone la providencia.

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