Dos años de prisión por asestar una navajada a un hombre debajo de un ojo tras una pelea en Ourense
La acusada, que ya llevaba un año en prisión preventiva, evitó la expulsión de España al demostrar arraigo, tras aceptar el acuerdo por el delito de lesiones con arma blanca

La acusada en el banquillo de la Audiencia Provincial, ayer. | Iñaki Osorio
Una mujer nacida en Colombia y sin antecedentes penales ha aceptado un acuerdo de conformidad por el que cumplirá dos años y un mes en prisión por un delito de lesiones con instrumento peligroso, tras una trifulca en una discoteca de la ciudad de Ourense durante el verano del 2024.
Según el escrito del Ministerio Público, los hechos sucedieron en concreto la noche del 2 de junio del 2024. Esa madrugada la mujer se encontraba en la discoteca Caney, situada en la calle Doctor Fleming, junto a su primo y la mujer de éste. Sobre las 05.45 horas su familiar agredió a una tercera persona, estando ambos en el interior del citado pub. Tras agredirle huyó del local siendo perseguido por un amigo del perjudicado, quien pretendía evitar su fuga, por lo que, «para retenerlo le abrazó por la espalda».
En ese instante, la acusada y su primo, puestos de común acuerdo, y según el escrito fiscal «guiados por el ánimo de causarle un detrimento físico» lo agredieron tirándolo al suelo. El escrito de calificación provisional recoge también que el primo de la encausada aprovechó para asestar a la víctima diversos golpes en las extremidades superiores, sirviéndose para ello de un arma blanca.
Por su parte, la mujer acusada empleó otro arma blanca que portaba para clavársela en la cara al perjudicado, justo debajo del ojo derecho. Como consecuencia de estos actos, la víctima sufrió múltiples heridas en el antebrazo, el brazo, una mano y en el pómulo; así como la fractura de los huesos propios de la nariz, que requirieron para su curación de tratamiento médico quirúrgico, colocación de férula nasal y medidas analgésicas y antiinflamatorias. Estuvo treinta días impedido para sus ocupaciones habituales, de los cuales veinte fueron de carácter moderado. Además le han quedado como secuelas distintas cicatrices.
Por ese navajazo Fiscalía solicitaba para la acusada la pena de tres años de prisión, así como la inhabilitación especial del derecho del sufragio pasivo por el tiempo de la condena, con todo, pedía que la pena se sustituyese por una expulsión del territorio español durante un plazo de ocho años. También que indemnizase al perjudicado con 5.300 euros.
Ayer la Audiencia Provincial dictó sentencia. Las partes llegaron a un acuerdo con el que la mujer— que ya llevaba un año en prisión— reconoció los hechos viendo la pena reducida a dos años y un mes de cárcel. A mayores, se le ha retirado la orden de expulsión por demostrar a arraigo en el país, donde ya llevaba tres años residiendo— aunque en situación ilegal— tiene un hijo menor y además cuida a su madre.
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