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Un guardia civil de Ourense admite que falsificó una denuncia y acepta un año de suspensión

Un acuerdo de conformidad entre la Fiscalía y la defensa del agente modifica los términos de la acusación: de delito intencionado a imprudencia grave, y de posible pena de prisión a multa

Acusó en falso a una conductora de negarse a identificarse, y de llamar «sodes tontos» a él y a otro agente, que en realidad no estaba

El guardia civil condenado por estos hechos, este jueves, en la Audiencia Provincial de Ourense.

El guardia civil condenado por estos hechos, este jueves, en la Audiencia Provincial de Ourense. / IÑAKI OSORIO

Javier Fraiz

Javier Fraiz

Ourense

Un agente de la Guardia Civil en la provincia de Ourense, de 41 años y sin antecedentes penales, se enfrentaba a una petición inicial por parte de la Fiscalía de 4 años y medio de prisión, 4 años de inhabilitación y una multa de 3.150 euros. Un acuerdo de conformidad entre el ministerio público y la defensa del encausado modifica los términos de la acusación y, en correspondencia, varía sustancialmente la pena. El delito de falsedad en documento oficial que cometió se encaja en una modalidad de imprudencia grave, en lugar de en un hecho intencionado, doloso, como en un primer momento sostenía la Fiscalía en su escrito de calificación provisional. El agente acepta una sanción de 2.520 euros así como una suspensión de un año para empleo o cargo público. La «mendacidad» de la denuncia que interpuso contra una conductora se debió a una falta de las medidas de cautela y las normas de cuidado, según la nueva redacción de los hechos anunciada por la fiscal en la vista, una modificación con respecto a la versión inicial. El cambio se produce tras el pacto de conformidad que el agente ha aceptado.

Los hechos, que quedaron zanjados con el acuerdo ratificado ante la Audiencia Provincial de Ourense este jueves, sucedieron hace dos años y medio. El 15 de mayo de 2023, en torno a las 13.20 horas del mediodía, el encausado se encontraba solo, de servicio en labores de vigilancia y de protección de la seguridad ciudadana. Iba de uniforme y en un vehículo rotulado del instituto armado. A la altura del kilómetro 10,2 de la carretera OU-0508, en el municipio de Nogueira de Ramuín, el agente dio el alto a un vehículo conducido por una mujer. La paró porque uno de los neumáticos estaba poco hinchado.

Con fecha de 23 de mayo, el agente elaboró un acta falsa de denuncia, por una supuesta infracción de la ley de seguridad ciudadana en la intervención del día 15. El encausado indicó que, en aquella jornada y en aquel lugar, él y otro compañero habían dado el alto al vehículo y que la conductora supuestamente se negó de manera reiterada a identificarse ante ellos. El acusado puso en la denuncia que la mujer supuestamente les había insultado con un «sodes tontos». También plasmó por escrito que la conductora fue informada en el acto de la infracción y que no quiso copia del documento, en el que constaban las firmas y los números de identificación profesionales de los dos componentes de la Benemérita. Esa denuncia dio lugar a un expediente sancionador contra la perjudicada, a la que la Subdelegación del Gobierno en Ourense le impuso una multa de 200 euros. Decidió abonarla y pagó la mitad por hacerlo en plazo. La indemnización que le correspondía a esta mujer ya ha sido satisfecha por el encausado.

El documento de denuncia elaborador por este guardia civil era falso y tenía un relato de hechos ficticio. Para darle amparo incorporó la intervención inexistente de otro agente, redactando de su propia mano el número del carné profesional TIP y la firma al final del documento. Ese otro funcionario al que mencionaba el acusado en el acta de denuncia no se encontraba presente el 15 de mayo en la intervención de Nogueira de Ramuín.

En aquel servicio el agente estaba solo, de modo que la conductora nunca pudo haber manifestado en plural la expresión «sodes tontos», el insulto que el guardia plasmó en la denuncia falsa por la que resulta condenado. En ese engaño tampoco se informó a la mujer de que hubiera cometido infracción alguna ni se le entregó copia del acta de denuncia. Por estos hechos, una suspensión de un año.

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