Condenan al Concello por no retirar un toldo y luces ilegales en el casco viejo
El juzgado le acusa de no hacer cumplir el decreto al propietario del local de hostelería
REDACCIÓN
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ourense ha estimado el recurso interpuesto por la Asociación O Cimborrio y ha condenado al Concello por la inejecución de un acto administrativo firme que ordenaba retirada de un toldo y de varios focos instalados sin licencia en un establecimiento de la plaza del Corregidor.
Declara «contraria a derecho» la actitud pasiva del Ayuntamiento, que a pesar de decreto firme del Área de Urbanismo de fecha 21 de marzo de 2024, no adoptó las medidas legales necesarias para hacerlo cumplir en más de año y medio.
El fallo obliga al Concello a proceder de «modo inmediato» a la ejecución forzosa de su propio acto, ya sea mediante la imposición de multas coercitivas reiteradas o, en su defecto, mediante la ejecución subsidiaria (retirada directa a costa del infractor). Los hechos se remontan a una denuncia presentada por O Cimborrio en diciembre de 2019. A pesar de que la técnica municipal verificó la irregularidad de las instalaciones, el Ayuntamiento d dejó caducar sucesivos expedientes hasta que, finalmente, emitió la orden a en marzo de 2024.
«Actitud pasiva»
El infractor solo retiró una puerta metálica, indican el toldo y los focos, mientras la Administración municipal se mantenía en una «actitud pasiva» y no aplicaba ningún procedimiento sancionador, tal como recoge la sentencia.
Añade O Cimborrio, que a abogada municipal argumentó según que «·las cosas de palacio van despacio” El magistrado destaca en sus fundamentos que «no afrontamos una demolición de un edificio ni una obra de extraordinaria dificultad, sino tan solo la retirada de unos focos y de un toldo respecto de los cuales no puede haber justificación para tal dilación», indican.
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