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Una condena por okupación en Madrid y un arresto por drogas en Ourense frustran su intento de lograr la nacionalidad española

El abogado alegó que ha cotizado, convive con su mujer y la Fiscalía informó a favor, pero la Audiencia Nacional ratifica la negativa: «Carece del requisito de buena conducta cívica; no existe el suficiente grado de integración en la sociedad»

La Guardia Civil lo detuvo en Ourense por tráfico de drogas. |  I. O.

La Guardia Civil lo detuvo en Ourense por tráfico de drogas. | I. O.

Javier Fraiz

Javier Fraiz

Ourense

«El civismo no consiste sólo en no delinquir, sino en respetar unas pautas mínimas de respeto y solidaridad con respecto al resto de la sociedad», recuerda la Audiencia Nacional. La Sala de lo Contencioso desestima el recurso de un hombre extranjero que pretendía obtener la nacionalidad española por razón de residencia. El tribunal ratifica la decisión adoptada por el Ministerio de Justicia, que en enero de 2022 denegó la solicitud. «En el presente caso, el recurrente carece del requisito de la existencia de buena conducta cívica», expone la Audiencia Nacional. Fue condenado en marzo de 2017 por un delito de ocupación de inmueble —una sentencia dictada por un juzgado instructor de Madrid—, y además fue detenido por la Guardia Civil en Ourense, en el año 2021, por su presunta implicación en un delito de tráfico de drogas.

Ambos casos son posteriores a la petición de reconocimiento de la nacionalidad, pero la Audiencia Nacional argumenta que «aun cuando al momento de la solicitud no existían antecedentes penales, la ulterior comisión de los delitos impide entender que el recurrente ostente el requisito de existencia de buena conducta social y cívica». El tribunal considera que «por la conducta del actor, puede entenderse que no existe el suficiente grado de integración en la sociedad española».

El abogado del solicitante alegaba que el hombre, que cuenta con permiso de residencia, «está totalmente adaptado a la cultura y estilo de vida españoles». El letrado aportaba como argumentos que el varón ha cotizado a la Seguridad Social, convive junto a su mujer, y tanto el juez encargado del Registro Civil como la Fiscalía informaron a favor de la concesión de la nacionalidad. La parte consideraba que el demandante cumplía todos los requisitos para ser considerado español, debido a que «concurren suficientes datos indicativos de su integración»», pero la Audiencia disiente.

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